RGPD: sanciones para autónomos y pymes

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Después de un periodo de adaptación que ha durado 2 años, el próximo día 25 de mayo acaba el plazo para adaptarse al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La normativa europea endurece las sanciones por los incumplimientos de su articulado, y todo autónomo o pyme que esté en contacto con datos personales está obligado a regirse por su mandato. Si no quieres enfrentarte a sanciones que pueden llegar a los 20 millones de euros, atento a este artículo.

RGPD y el Big Data

El tratamiento y la comercialización de los datos personales que recaban las empresas se ha convertido en un gran negocio de compraventa de información. De hecho, se ha acuñado el término “Big Data” para, groso modo, aglutinar el amplio volumen de datos (estructurado o no) que manejan los negocios a diario.

Y la importancia de esa enorme agenda (que, obviamente, es más grande cuanto más volumen de negocio tiene una empresa) reside en que, con ella, se puede analizar el comportamiento del mercado.

De ese modo, una organización puede decidir cómo y cuándo montar su estrategia de negocio en base a los datos obtenidos de ese Big Data. Para decirlo de un modo cercano, se trata del “santo grial” de nuestros días para cualquier empresa.

Pero no solo las grandes organizaciones recaban datos a diario que hay que saber gestionar y tratar, también autónomos y pymes tratáis a diario con este tipo de información. Lo hacéis cuando abrís fichas con los datos de vuestros clientes, cuando pedís vía telefónica información personal o cuando solicitáis la identificación de un cliente en vuestra página web.

RGPD: sanciones de hasta 20.000.000€

A partir del día 25 de mayo estáis obligados al cumplimiento del RGPD todas las empresas, sociedades, autónomos, comunidades, asociaciones y administraciones públicas de los Estados miembro, obviamente, también las españolas.

Y es que esta normativa europea nació hace dos años con vocación de unificar las leyes de todos los países de la Unión. De hecho, a partir de su entrada en vigor el próximo mes, los países tendrán que adecuar su propia legislación al RGPD, España ya tiene prevista una modificación de la actualmente vigente Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD).

¿Y qué pasará si llega el día 25 de mayo y no te has adecuado a la normativa europea? Pues que podrías enfrentarte a duras sanciones. Un castigo que puede llegar a ser realmente doloso, ya que, según la infracción, las multas administrativas que se contemplan pueden alcanzar de entre 10 y 20 millones de euros, o entre el 2 y el 4% del volumen de negocio anual global.

Tipos de sanciones del RGPD

El régimen sancionador del RGPD es aplicable cuando el tratamiento de los datos de carácter personal que maneja la empresa, no se adecua a la norma. En su artículo 83.2 se especifica que las multas se establecerán en función a la infracción de que se trate. Y es que, a diferencia de la actual LOPD no existe una tipología establecida de infracciones en leves, graves o muy graves.

Para establecer la cuantía de las sanciones se atenderá al caso particular y se tendrá debidamente en cuenta:

  1. La naturaleza, gravedad y duración de la infracción, estudiando la naturaleza, alcance o propósito de la misma, así como el número de interesados afectados y el nivel de los daños y perjuicios que hayan sufrido.
  2. La intencionalidad o negligencia en la infracción.
  3. Cualquier medida tomada por el responsable o encargado del tratamiento para paliar los daños y perjuicios sufridos por los interesados.
  4. El grado de responsabilidad del encargado del tratamiento de los datos, habida cuenta de las medidas técnicas u organizativas que hayan aplicado para salvaguardar la información.
  5. Toda infracción anterior cometida por el responsable o el encargado del tratamiento.
  6. El grado de cooperación con la autoridad de control con el fin de poner remedio a la infracción y mitigar los posibles efectos adversos de la infracción.
  7. Las categorías de los datos de carácter personal afectados por la infracción.
  8. La forma en que la autoridad de control tuvo conocimiento de la infracción, en particular si el responsable o el encargado notificó la infracción y, en tal caso, en qué medida.
  9. Que el responsable o el encargado de que se trate, en relación con el mismo asunto, ya haya sido sancionado, entre otras, con una advertencia o apercibimiento al cumplimiento de dichas medidas.
  10. La adhesión a códigos de conducta o a mecanismos de certificación aprobados con arreglo al articulado del propio RGPD.
  11. Cualquier otro factor agravante o atenuante aplicable a las circunstancias del caso, como los beneficios financieros obtenidos o las pérdidas evitadas, directa o indirectamente, a través de la infracción.

Por poner algún ejemplo, ahora la cesión de datos a un prestador de servicios sin que se haya suscrito previamente el correspondiente acuerdo, con las medidas de seguridad necesarias y establecidas por el RGPD, que actualmente es castigado con hasta 300.000€, pasará a ser multado hasta con 10 millones de euros o un 2% del volumen de negocio total anual del año anterior.

Otras novedades del RGPD

Esta nueva normativa establece, por primera vez, la posibilidad de que los Estados miembro puedan instaurar sanciones penales por el incumplimiento del RGPD, trascendiendo la vía administrativa.

Además, el afectado que haya sufrido daño y/o perjuicio, ya sea material o inmaterial, como consecuencia de una infracción de su articulado, tendrá derecho a recibir una indemnización del encargado o responsable del tratamiento de los datos.

No dejes de ponerte al día con esta nueva normativa porque, como ves, puede traerte consecuencias muy negativas si no te acoges a su articulado antes del próximo mes de mayo.

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Presupuestos 2018: cómo afectarán a la pensión del autónomo

Las pensiones de los trabajadores autónomos son, en líneas generales, la más reducidas del grueso de los pensionistas.  De hecho, la pensión media del autónomo alcanza los 646,30 euros mensuales según establece la Unión Profesional de Trabajadores Autónomos (UPTA) y 720,09 euros conforme a lo aportado por el Ministerio de Empleo, una cifra limitada.

Estas cifras son motivo de reivindicaciones por parte del colectivo y tienen que ver con el incremento de la pensiones contemplado en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) 2018 aún a falta de aprobación y puesta en marcha.

¿A cuánto asciende ese incremento en la pensión del autónomo?

Desde la asesoría online de Infoautónomos analizamos la subida y las razones por las que las prestaciones por jubilación de los autónomos son tan estrechas.

En qué consiste la subida de las pensiones en los Presupuestos Generales 2018

El pasado verano nos hacíamos eco de que las intenciones del Gobierno pasaban por un incremento anual en las pensiones del 0,25%, el mínimo establecido por ley. Esta subida básica se mantendría hasta el año 2022 pero las peticiones populares ha obligado al ejecutivo a dar un giro de tuerca en las Cuentas Públicas de 2018 y finalmente el incremento será mayor de lo esperado.

La partida presupuestaria para estas prestaciones sociales alcanza 127.110 millones, un 3,5%  más que en 2017, periodo en que el aumento de las pensiones fue de apenas 0,25%.

El porcentaje de incremento de las pensiones en 2018 queda establecido de la siguiente forma:

  • 3% de incremento en las pensiones mínimas y no contributivas
  • 2% para las pensiones de viudedad
  • 1.5% para pensiones por debajo de 700 euros mensuales
  • 1% para pensiones entre 700 y 800 euros mensuales

1,5% de incremento en 2018 de la pensión media del autónomo

Como ya hemos indicado, la pensión media del autónomo no alcanza los 700 euros, por tanto, según lo indicado con anterioridad,  el incremento estimado para estas pensiones es del 1,5% . Este aumento revalorizará diez euros mensuales la cuantía de la pensión.

Sin embargo, la subida se queda corta; una gran parte de los autónomos seguirán cobrando una pensión tan estrecha que no alcanza los 735 euros del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Si tomamos como referencia la aportación de UPTA,  la pensión media del autónomo pasará de los 646,30 euros actuales a 655,99 euros.

El menor de los incrementos previstos, el del 1% se aplicará sobre las pensiones entre 700 y 800 euros.

Una brecha de 500 euros entre la pensión del autónomo y la pensión del asalariado

La pensión media del autónomo varía entre los 640 y 720 euros en función de la fuente de información y el periodo establecido.

Sin emabrogo, en lo que no hay variación es en la brecha existente entre la pensión del autónomo y el asalariado que llega a ser de 500 euros.  Esta diferencia abismal es uno de los principales motivos por lo que el trabajador por cuenta propia continúa cotizando tras alcanzar la edad de jubilación en lo que se conoce como jubilación activa.

Cotización mínima, pensiones mínimas

La falta de un sistema de cotización ajustado a los ingresos reales da lugar a que el 80% de los autónomos esté cotizando, hoy por hoy, por la base mínima lo que redunda en unas coberturas sociales muy limitadas, especialmente la pensión del autónomo que es irriosoria si  el trabajador siempre ha cotizado por la base mínima.

Desde Infoautónomos recomendamos optar por cotizaciones superiores a la mínima cuando los resultados de la actividad económica lo permitan y muy fundamentalmente conforme el autónomo se aproxime a la edad de jubilación.

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Éxito en tus llamadas comerciales con información de empresas

Para ser capaz de desempeñar con éxito la multiplicidad de tareas que realiza un empresario autónomo en el día a día es necesaria una planificación exhaustiva.

Aún con la agenda más perfecta, es fácil dejarse llevar por las urgencias del momento y saltarse el esquema previsto. Por ello hay que esforzarse no solo en planificar las tareas, sino también en tener clara la mejor forma para realizarlas en el menor tiempo posible.

El acervo popular ya nos lo dice: el tiempo es oro. Los avances tecnológicos ponen a disposición de los autónomos tanto dispositivos como programas y aplicaciones para ayudarle a gestionar de manera eficiente sus horas de trabajo.

Y la captación de nuevos clientes es una de las tareas más importantes, para la que es necesario contar con información de empresas fiable y actualizada. La atención a los proyectos actuales puede repercutir en que se pospongan las acciones comerciales, con las consecuencias negativas para la empresa en el medio/largo plazo.

Los autónomos representan una parte muy importante del tejido empresarial español. De acuerdo con el Anuario 2017 de INFORMA D&B, son más del 54 % del sector privado nacional, 1.793.263 al cierre de 2017 (un 35 % de ellos mujeres). La competencia es dura y contar con la mejor información antes de contactar con un posible nuevo cliente puede marcar la diferencia.

Conseguir cerrar visitas comerciales es cada vez más complicado. La escasez de tiempo y la necesidad de optimizarlo hace que no se concierten reuniones con futuribles proveedores si no se tiene una razón de peso para hacerlo.

Consejos para realizar una llamada comercialcon información de empresas

Michael Goldberg, Data Management & Analytics de Dun & Bradstreet, recopila en un artículo lo que se debe y no se debe hacer a la hora de realizar una llamada comercial, una línea directa con un potencial cliente, para que esta finalice con éxito:

  1. No llamar antes de haber completado el estudio de la compañía con la que se contacta. La información de empresas que proporcionan marcas líderes en el mercado, como eInforma, es fundamental para realizar una investigación a fondo de la misma. Las empresas reciben multitud de llamadas de ventas cada semana y el nivel de conocimiento que se demuestre sobre la misma marca la diferencia.
  2. No ser agresivo. Las personas tienden a hacer negocios con quienes se sienten más cómodas y no les gusta sentirse presionadas. El 80 % de los compradores confiesa que una actitud agresiva puede llevarle a no realizar una compra. En vez de caer en este recurso, lo que hay que intentar es ofrecer al posible cliente soluciones para sus necesidades, tras el análisis de la información recopilada sobre la compañía.
  3. No vender al comprador equivocado. El 57 % de los comerciales coincide en la dificultad para saber cuál es su tipo de cliente. De ahí la importancia de estudiar con detalle todos los datos disponibles para conocerlo. Si en el análisis realizado no se han detectado necesidades que se puedan cubrir o las características de la empresa no se corresponden con las que estamos buscando, probablemente no es un cliente adecuado.
  4. No desechar recursos externos. Las recomendaciones de otras personas o la información por escrito ayudan a los posibles clientes a tomar su decisión. Un 22 % de los compradores confía en las recomendaciones externas y un 13 % se apoya en contenidos escritos para poder tomar mejor su decisión. Aquí es importante contar con contenidos que ayuden a reforzar el mensaje.
  5. No tomarse todos estos consejos al pie de la letra. Cada cliente es diferente y es importante conocerlo de manera individual, moverse en sus mismos entornos, para poder llegar a él de la mejor manera posible.

Las estadísticas citadas están sacadas del estudio realizado por Dun & Bradstreet “The State of Sales Acceleration”.

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Source: El economista<

Dos años de tarifa plana para autónomos de municipios pequeños

Los Presupuestos Generales 2018 acordados recientemente y a falta de aprobación incluyen una nueva medida para autónomos anunciada en las últimas horas a bombo y platillo. Nos referimos a la ampliación de la tarifa plana para autónomos de municipios pequeños.

Los emprendedores que desarrollen su actividad en pueblos con menos de 5.000 habitantes podrían disfrutar de un año adicional de tarifa plana de aprobarse los Presupuestos. Por tanto, el tiempo de disfrute de la cuota de Seguridad Social de 50 euros para estos beneficiarios alcanzaría los dos años.

La propuesta, que destina una partida de 100 millones de euros, tiene como objetivo fomentar el emprendimiento y empleo en el ámbito rural, evitar la creciente despoblación y revitalizar la actividad económica.

Recordemos que el 35%de la población española que reside en pueblos tiene un mayor riesgo de pobreza que la población urbana, según la tasa AROPE.

Segunda ampliación de la tarifa plana para nuevos autónomos

La medida se suma a la tarifa plana para nuevos autónomos puesta en marcha el 1 de enero de este año con la entrada en vigor de la Ley de Medidas Urgentes del Trabajo Autónomo.

La última ley de autónomos amplío de seis meses a un año la tarifa plana de 50 euros en la cuota de la Seguridad Social para nuevos autónomos.  Un periodo, que en el caso de trabajadores que se vayan a constituir por cuenta propia en pueblos de 5.000 habitantes, se extenderá durante un año más, por lo que la bonificación completa durará 36 meses y 48 en caso de ser autónomo menor de 30 años o autónoma menor de 35 años.

El ahorro en concepto de cuota durante los dos primeros años de actividad de los nuevos autónomos que están beneficiándose de la medida y que cotizan por la base mínima es superior a 3.500 euros, una cuantía que en el caso de nuevos autónomos de municipios de 5.000 habitantes sobrepasaría los 6.200 euros en los tres años de disfrute de la bonificación.

124.000 nuevos autónomos desde la ampliación de la tarifa plana

El Ministerio de Empleo ha revelado que desde la puesta en marcha de la ampliación de seis meses a un año de la tarifa plana para nuevos autónomos en enero de 2018, el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) ha acogido 124.000 nuevos afiliados al sistema.

La realidad, tan solo cuatro meses después de la puesta en marcha de la medida,  parece superar  las previsiones realizadas por el Gobierno al término de 2017.  Entonces. la cifra estimada de altas en  el RETA  en el año 2018,  fruto de la ampliación de la tarifa plana, era de 140.500 trabajadores, 20.000 menos de los que ha habido hasta el momento.

Ahora, tras el anuncio de la nueva ampliación de la tarifa plana para autónomos de municipios pequeños, la pregunta es: ¿cuántos nuevos autónomos se beneficiarían de la medida?

Si estás pensando en emprender y te convencen las bondades de la tarifa plana, la asesoría online de Infoautónomos te ayuda con tu alta en autónomos y la gestión fiscal de tu negocio.

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Novedades de la Renta 2017: App y “Le llamamos”

Si lo prefieres puedes escuchar ester artículo sobre las Novedades de la Renta 2017: App y “Le Llamamos” aquí:

Sin duda las dos novedades estrella de esta campaña de la Renta 2017 son el Plan “Le llamamos” y la App para móviles y tablets. Las dos han nacido con la finalidad de facilitar al contribuyente el proceso de elaboración de la obligación tributaria.

Aunque han sido bien recibidas en general, una de ellas ha generado la controversia. ¿Conoces las novedades de la Renta 2017?

Llamados a la Renta 2017

Hasta el próximo día 2 de julio todas las personas físicas que hayan obtenido rentas en España durante el año 2017, están obligadas a rendir cuentas con Hacienda. De hecho, está previsto que se presenten 19.945.000 declaraciones, 200.000 más que el año pasado.

Se prevé que 13 millones de ellas salgan “a devolver”, por un importe superior a 9.000 millones de euros, y algo más de 5 millones resultarán “a ingresar”.

Para facilitar y agilizar el proceso de esta campaña de la Renta 217, la Agencia Tributaria ha implementado dos nuevos canales de relación con el contribuyente: una aplicación para móviles y tablets, y el Plan “Le llamamos”.

Novedades de la Renta 2017: Plan “Le llamamos”

En la anterior campaña 860.000 personas acudieron de manera presencial a una oficina de la Agencia Tributaria para presentar su declaración. Este Plan de asistencia telefónica supone una alternativa al método tradicional para ser asistido, minimizando los plazos de atención y, por tanto, de presentación de la declaración (y, en su caso, de devolución).

Esta herramienta ya fue lanzada como proyecto piloto el año pasado y se ha mejorado consiguiendo que puedas solicitar cita, vía internet o teléfono, para ser asistido telefónicamente por un funcionario que te ayudará a elaborar y presentar tu declaración en el mismo momento.

Tendrás que tener a tu disposición los datos necesarios para realizar la declaración y, al recibir la llamada, realizarás todo el trámite en alrededor de 15 minutos.

Novedades de la Renta 2017: App para móviles y tablets

Pero sin duda la gran novedad de este año es la aplicación para móviles y tablets que la Agencia Tributaria ha implementado y de la que pueden beneficiarse casi 5 millones de contribuyentes con declaraciones sencillas.

Esta herramienta te permite obtener el número de referencia de tu Renta 2017, visualizar tus datos fiscales y recibir mensajes con información de interés sobre el estado de tu declaración.

Con la app puedes acceder a los servicios de la Agencia Tributaria desde cualquier lugar y en cualquier momento simplificando los trámites más frecuentes. Y, si tu declaración es de las consideradas “sencillas”, aquellas para las que Hacienda posee información suficiente para ser presentadas de forma directa, una vez que hayas verificado tus datos, podrás aceptarla y, por tanto, dejarla presentada, con un solo clic.

La app, que puede adquirirse en los “markets” de Google y Apple, es compatible con los sistemas operativos Android e iOs.

Controvertida herramienta

Pero no todo han sido halagos para esta segunda novedad de la campaña de la Renta 2017. La Asociación Española de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios ha advertido que la aplicación para móviles y tablets puede aumentar las declaraciones presentadas con errores.

Y es que, según ha asegurado la organización, aunque se trata de una herramienta “atractiva y funcional”, da pie a incurrir fácilmente en equivocaciones si hay que introducir y modificar datos. La consecuencia directa para el contribuyente estriba en que puedes ser requerido, e incluso sancionado, por ese “error u omisión de datos”.

Además, ha criticado la asociación que, al ser una herramienta mediante la que Hacienda pretende realizar notificaciones, no queda claro si esos avisos tendrán o no la consideración de “notificaciones” a efectos legales, dejando en el limbo esta importante cuestión.

Lo que queda claro es que lo hagas de la manera que lo hagas debes comprobar detenidamente todos los datos fiscales consignados en la declaración, ser cuidadoso a la hora de introducir los cambios patrimoniales y/o familiares que se hayan producido en tu vida en el pasado año y examinar si tienes derecho a reducciones o deducciones.

Y si tienes dudas, o prefieres que un experto haga todo este papeleo obteniendo el mayor beneficio para ti, no olvides que ponemos a tu disposición la asesoría de Infoautónomos.

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Deducción por vivienda habitual en la Renta 2017

La vivienda habitual juega un papel importante en tu declaración de la Renta. En función de la fecha de adquisición y del tipo de contrato la vivienda habitual será deducible o no en tu IRPF del ejercicio 2017. Descubre en las siguientes líneas cómo funciona la deducción por vivienda habitual en la Renta conforme a la normativa tributaria.

Deducción por vivienda habitual en la Renta 2017: ¿en propiedad o contrato de alquiler?

Se trata de una cuestión fundamental y muy influyente en tu declaración de la Renta ya que las fechas establecidas para la deducción de la vivienda habitual varían en función de si eres propietario de la vivienda o si tienes un contrato de arrendamiento.

Deducción por adquisición de vivienda habitual

En el primero de los casos solo podrás beneficiarte de la deducción de vivienda habitual si la fecha de adquisición fue anterior al 1 de enero de 2013 . Es entonces cuando como contribuyente te deducirás la inversión realizada, siempre y cuando, hayas aplicado la deducción en 2012 o en año anteriores.

Es importante hacer hincapié en que esta deducción no solo se cierne a compra o adquisición de vivienda habitual sino que también se extiende a la rehabilitación de la vivienda en los siguientes términos:

  • Que las obras hayan sido declaradas como actuación protegida en materia de rehabilitación de vivienda.
  • Que las obras tengan por objeto la reconstrucción de la vivienda mediante la consolidación y el tratamiento de las estructuras, fachadas o cubiertas y otras análogas, siempre que el coste total de las actuaciones exceda de los límites establecidos en el Reglamento del Impuesto.

El importe máximo de deducción por las inversiones dirigidas a la adquisición y rehabilitación de vivienda habitual es de 9.040 euros, lo que supone un 15% de los gastos hipotecarios. En caso de alcanzar este límite el contribuyente conseguirá la deducción máxima de 1.356 euros anuales.

Aunque estas son las cuantías generales no hay que perder de vista la particularidades de las deducciones autonómicas ya que algunos territorios autonómicos posibilitan la ampliación de estos límites.

Deducción por alquiler de vivienda habitual

También te beneficiaras de incentivos fiscales si vives en un inmueble alquilado y tu base imponible es inferior a 24.107,20 euros. Como adelantábamos unas líneas más arriba la fecha de contrato de arrendamiento ha de ser anterior al 1 de enero de 2015. Si es tu caso pero estás pensando en cambiar de vivienda analiza si realmente te conviene el cambio o si, por el contrario, debes permanecer en la vivienda para acogerte a la reducción.

Para las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de la vivienda habitual el límite también asciende a 9.040 euros. Fuera del límite estatal, las comunidades autónomas contemplan sus propias cuantías máximas de deducción que en algunos casos pueden alcanzar el 15% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de la vivienda habitual del contribuyente.

Si después de leer estas líneas aún te quedan dudas o simplemente te supone un embrollo la aplicación de estas deducciones, despreocúpate. La asesoría online de Infoautónomos se pone a tus disposición para elaborar y presentar tu Declaración de la Renta 2017.

Deducción de gastos de la vivienda afecta

Si has habilitado un espacio de tu casa en tu alta en Hacienda puedes deducirte los suministros domésticos afectos a la actividad pero no conforme al criterio de la nueva ley de autónomos. El artículo 11 de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomos, solo permite la deducción de un 30% de la factura de suministros, eso sí, sobre el total de superficie destinada a la actividad. Sin embargo esta deducción no será aplicable hasta la Renta del ejercicio actual, el 2018.

En el ejercicio 2017, el que se declara en la campaña de este año, la deducción de estos suministros de la vivienda afecta es, si cabe, más limitada.

El criterio tácito de Hacienda antes de la nueva medida activa desde 2018 permitía la deducción de los gastos en su totalidad siempre y cuando se pudiera demostrar la afectación de los mismos a la actividad. Y era en este punto dónde la Agencia Tributaria dificultaba especialmente la deducción de los gastos ya que exigía instrumentos de control como contadores diferenciados para uso particular y laboral, una situación nada habitual en las viviendas afectas de los autónomos.

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Source: El economista<

Renta 2017: Gastos deducibles sin factura para el autónomo (incluye infografía)

En pleno proceso de IRPF 2018 debes conocer todos los gastos deducibles que puedes contabilizar para que tu tributación sea más rentable. Muchos autónomos caéis en el error de dejar de incluir una serie de compras o servicios relacionados con vuestra actividad, simplemente porque no tenéis factura para justificarlos. Pero, presta mucha atención, porque hay determinados gastos que puedes deducirte sin factura en esta Renta 2017.

Renta 2017 gastos deducibles

Los gastos deducibles son aquellas pequeñas inversiones que realizas en compras de bienes o servicios que son necesarias para el desarrollo de tu actividad económica. Son deducibles en la medida en que minoran los ingresos de tu negocio, dando lugar a que pagues menos impuestos.

Pero ¡ojo! Lo primero que debes saber es que para que un gasto sea considerado como deducible a efectos del IRPF tiene que cumplir con determinados requisitos:

  • Estar vinculado a la actividad económica realizada por el autónomo.
  • Estar convenientemente justificado mediante las correspondientes facturas y, este es el quid de la cuestión, también con recibos o tiques.
  • Estar registrado contablemente por el autónomo en sus correspondientes libros de gastos e inversiones.

Precisamente es ese segundo punto el que abre un abanico de posibilidades para que tu tributación sea lo más rentable, o lo menos costosa, posible. Y es que, en líneas generales, cuando hablamos de deducciones, la normativa el IRPF es más permisiva que la del IVA, el otro gran impuesto al que tiene que hacer frente el autónomo.

Renta 2017 Gastos deducibles sin factura

  1. Pólizas de seguros: si tienes un seguro médico, o de responsabilidad civil, solo necesitarás el cargo bancario para que quede justificado el pago. Eso si, está muy atento a que conste en ese “recibo bancario” el número de póliza y estés tú identificado como beneficiario.
  2. Cuota de autónomo: del mismo modo tendrás que justificar el pago de la cuota de autónomos, es fácil no recordar que se trata de un pago deducible. Recuerda también las cuotas de los colegios profesionales.
  3. Salarios y seguros sociales: de los trabajadores de tu plantilla. Tendrás que presentar las nóminas firmadas por los empleados o el justificante del banco.
  4. Gastos bancarios: no emiten facturas pero son deducibles los gastos derivados del mantenimiento de las tarjetas de crédito, comisiones por mantenimiento de la cuenta…
  5. Gastos realizados en países extranjeros: de los bienes que hayas comprado para el desarrollo de tu actividad. En este caso necesitarás recibos o tiques para justificarlos.
  6. Gastos de contratos mercantiles: como lo son los derivados de los contratos privados y las escrituras públicas. Hablamos, por ejemplo, de traspasos o fianzas de alquiler.
  7. Determinados impuestos: aquellos que formen parte de la actividad económica del autónomo, como las tasas relacionadas con tu negocio.

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Source: El economista<

Presupuestos Generales del Estado: Medidas Fiscales

presupuestosComo bien saben nuestros lectores, está muy cerca la aprobación definitiva de los Presupuestos Generales del Estado de este 2018. En esta tribuna de hoy queremos dar unas pinceladas de las que “parece” son las medidas fiscales de estos presupuestos. La recaudación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), se prevé que…

Source: Ineaf<

Por qué necesitas una asesoría fiscal para tu Renta 2017

Con Hacienda hemos topado, una vez más. Eso debieron pensar muchos contribuyentes autónomos el pasado 4 de abril, momento en que se abrió el periodo para la presentación de la Renta 2017. Y no tanto por temor al resultado  sino por el embrollo que supone.  Ahora toca revisar información, recopilar documentación y estar atento a las novedades fiscales.

La Renta 2017 supone la cita anual más importante con Hacienda en la que declaras las rentas obtenidas durante el ejercicio anterior sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Son tantas las cuestiones que has de considerar que lo más recomendable es apoyarte en expertos. En este post te damos 6 razones por las que contar con una asesoría para tu Renta 2017.

1.Cuidado con el borrador de la renta de los autónomos

Hacienda no se complica, va a lo básico. El borrador automático que genera el programa Renta Web de la Agencia Tributaria es útil para contribuyentes con declaraciones sencillas basadas en rendimientos del trabajo.

Pero si hablamos del borrador para la declaración de un autónomo, eso, es otro cantar.

La situación de los trabajadores por cuenta propia es muy diferente ya que intervienen muchos más datos que imposibilitan a Hacienda calcular el rendimiento de cada autónomo y conocer sus ingresos y gastos.  Desde Infoautónomos te recomendamos que, como autónomo, bajo ningún concepto confirmes el borrador de Hacienda y que  te apoyes en un asesor para cumplimentar la declaración. 

El modelo D-100 que sirve de soporte a tu Renta servirá de síntesis en caso de haber presentado en 2017 declaraciones trimestrales (modelo 130 en estimación directa y modelo 131 en módulos) o de haber practicado retenciones en tus facturas como autónomo profesional.

En definitiva, tu asesoría se asegura de que se imputen correctamente los rendimientos de tu actividad económica.  

2. Asesoría fiscal para tu Renta 2017: una cuestión de ahorro

Si hay un buen motivo para contar con un asesor de confianza a la hora de presentar tu declaración de la Renta esa es el ahorro. Y es que, si te planteas hacerlo con tus propios medios, déjanos decirte que lo barato puede salir caro.

Donativos, compraventas, ganancias patrimoniales; hay muchos conceptos cuya declaración puede resultarte. 

Además, debes tener muy en cuenta que el trabajo del asesor es asegurarte el menor coste fiscal y la mayor rentabilidad en el resultado de la declaración. ¿Cómo? Poniendo el foco en aspectos como los que a continuación te detallamos que a ti se te escapan:

Deducciones autonómicas y estatales

El autónomo puede deducirse en su IRPF los gastos afectos a su actividad y aunque probablemente no sea nuevo para ti, sí es posible que desconozcas la idiosincrasia de las deducciones autonómicas y estatales. Mientras que las estatales  se aplican de forma automática en el borrador, las autonómicas no se imputan.

El asesor es la figura que se encarga de comprobar la correcta aplicación de esas deducciones en tu declaración de la Renta. De igual manera te alertará de cualquier error en este sentido.

Reducción por inicio de actividad

Otro de los puntos que influyen en el resultado de la Renta 2017 del autónomo y que en la asesoría fiscal de Infoautónomos no se nos escapa es la reducción por inicio de actividad. Esta medida implica reducir tu rendimiento neto (ingresos – gastos) cuando éste es positivo en un 20%.

Pero cuidado, como todo, esta reducción tiene una letra pequeña y una forma de cumplimentación que puedes dejar en manos de tu asesor.

Orientación sobre la declaración individual o conjunta

Este es otro de los puntos fundamentales previos a la presentación de la declaración de la Renta del autónomo y del contribuyente en general: ¿declaración individual o conjunta?

Son tantos los aspectos en los que poner el foco (situación económica de los contribuyentes, estado civil, propiedades en común…) que la mejor manera de hacer una correcta elección es conforme a la respuesta de tu asesor.

Mínimo por descendiente

¿Sabes que hay un mínimo exento de tributación en caso de que tengas hijos? Tu asesor fiscal también pondrá especial atención en tu situación familiar que, como ya te hemos adelantado, influye directamente en el coste de tu factura fiscal. Deja de hacer números por tu cuenta y buscar las condiciones sobre el mínimo por descendientes. Tu asesoría se asegurará de su aplicación cuando proceda. 

3. Asesoría fiscal para tu Renta 2017: contar con ayuda experta

Ya lo decía Cervantes; la experiencia es la madre de todas las ciencias. Y dicho sea de paso, hacer la Declaración de la Renta, a veces, constituye en sí misma una ciencia. Todos y cada uno de los puntos anteriores que hacen imprescindible la figura de asesor se aglutinan en  un único motivo: la ayuda experta.

Hazte a la idea de que por muy avispado que seas pocas veces llegarás a los recovecos y pequeños trucos, siempre dentro de la legalidad,  donde tu asesor llega.

Además, el colectivo de autónomos ha experimentado en los últimos meses muchos cambios legislativos; cambios fiscales derivados de la reforma de medidas urgentes del trabajo autónomo que si bien no afectarán a la declaración del ejercicio 2017 sí aporta la confianza que el contribuyente autónomo necesita.

4. Enfrentarte a la burocracia, enemiga de tu negocio

Realizar y presentar la Declaración de la Renta 2017 puede convertirse en un embrollo que le roba tiempo a tu negocio, un recurso que precisamente no te sobra.

Confiar esta tarea a una asesoría fiscal te supondrá no solo el ahorro económico del que hablábamos sino también ahorro de otros recursos preciados. Olvídate de desplazamientos, llamadas y citas previas con Hacienda o comprobaciones minuciosas y deja que tu asesor se encargue de todo ello para dedicarte a lo que realmente importa, tu negocio.

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Source: El economista<

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