Presupuestos Generales del Estado: Medidas Fiscales

presupuestosComo bien saben nuestros lectores, está muy cerca la aprobación definitiva de los Presupuestos Generales del Estado de este 2018. En esta tribuna de hoy queremos dar unas pinceladas de las que “parece” son las medidas fiscales de estos presupuestos. La recaudación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), se prevé que…

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Por qué necesitas una asesoría fiscal para tu Renta 2017

Con Hacienda hemos topado, una vez más. Eso debieron pensar muchos contribuyentes autónomos el pasado 4 de abril, momento en que se abrió el periodo para la presentación de la Renta 2017. Y no tanto por temor al resultado  sino por el embrollo que supone.  Ahora toca revisar información, recopilar documentación y estar atento a las novedades fiscales.

La Renta 2017 supone la cita anual más importante con Hacienda en la que declaras las rentas obtenidas durante el ejercicio anterior sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Son tantas las cuestiones que has de considerar que lo más recomendable es apoyarte en expertos. En este post te damos 6 razones por las que contar con una asesoría para tu Renta 2017.

1.Cuidado con el borrador de la renta de los autónomos

Hacienda no se complica, va a lo básico. El borrador automático que genera el programa Renta Web de la Agencia Tributaria es útil para contribuyentes con declaraciones sencillas basadas en rendimientos del trabajo.

Pero si hablamos del borrador para la declaración de un autónomo, eso, es otro cantar.

La situación de los trabajadores por cuenta propia es muy diferente ya que intervienen muchos más datos que imposibilitan a Hacienda calcular el rendimiento de cada autónomo y conocer sus ingresos y gastos.  Desde Infoautónomos te recomendamos que, como autónomo, bajo ningún concepto confirmes el borrador de Hacienda y que  te apoyes en un asesor para cumplimentar la declaración. 

El modelo D-100 que sirve de soporte a tu Renta servirá de síntesis en caso de haber presentado en 2017 declaraciones trimestrales (modelo 130 en estimación directa y modelo 131 en módulos) o de haber practicado retenciones en tus facturas como autónomo profesional.

En definitiva, tu asesoría se asegura de que se imputen correctamente los rendimientos de tu actividad económica.  

2. Asesoría fiscal para tu Renta 2017: una cuestión de ahorro

Si hay un buen motivo para contar con un asesor de confianza a la hora de presentar tu declaración de la Renta esa es el ahorro. Y es que, si te planteas hacerlo con tus propios medios, déjanos decirte que lo barato puede salir caro.

Donativos, compraventas, ganancias patrimoniales; hay muchos conceptos cuya declaración puede resultarte. 

Además, debes tener muy en cuenta que el trabajo del asesor es asegurarte el menor coste fiscal y la mayor rentabilidad en el resultado de la declaración. ¿Cómo? Poniendo el foco en aspectos como los que a continuación te detallamos que a ti se te escapan:

Deducciones autonómicas y estatales

El autónomo puede deducirse en su IRPF los gastos afectos a su actividad y aunque probablemente no sea nuevo para ti, sí es posible que desconozcas la idiosincrasia de las deducciones autonómicas y estatales. Mientras que las estatales  se aplican de forma automática en el borrador, las autonómicas no se imputan.

El asesor es la figura que se encarga de comprobar la correcta aplicación de esas deducciones en tu declaración de la Renta. De igual manera te alertará de cualquier error en este sentido.

Reducción por inicio de actividad

Otro de los puntos que influyen en el resultado de la Renta 2017 del autónomo y que en la asesoría fiscal de Infoautónomos no se nos escapa es la reducción por inicio de actividad. Esta medida implica reducir tu rendimiento neto (ingresos – gastos) cuando éste es positivo en un 20%.

Pero cuidado, como todo, esta reducción tiene una letra pequeña y una forma de cumplimentación que puedes dejar en manos de tu asesor.

Orientación sobre la declaración individual o conjunta

Este es otro de los puntos fundamentales previos a la presentación de la declaración de la Renta del autónomo y del contribuyente en general: ¿declaración individual o conjunta?

Son tantos los aspectos en los que poner el foco (situación económica de los contribuyentes, estado civil, propiedades en común…) que la mejor manera de hacer una correcta elección es conforme a la respuesta de tu asesor.

Mínimo por descendiente

¿Sabes que hay un mínimo exento de tributación en caso de que tengas hijos? Tu asesor fiscal también pondrá especial atención en tu situación familiar que, como ya te hemos adelantado, influye directamente en el coste de tu factura fiscal. Deja de hacer números por tu cuenta y buscar las condiciones sobre el mínimo por descendientes. Tu asesoría se asegurará de su aplicación cuando proceda. 

3. Asesoría fiscal para tu Renta 2017: contar con ayuda experta

Ya lo decía Cervantes; la experiencia es la madre de todas las ciencias. Y dicho sea de paso, hacer la Declaración de la Renta, a veces, constituye en sí misma una ciencia. Todos y cada uno de los puntos anteriores que hacen imprescindible la figura de asesor se aglutinan en  un único motivo: la ayuda experta.

Hazte a la idea de que por muy avispado que seas pocas veces llegarás a los recovecos y pequeños trucos, siempre dentro de la legalidad,  donde tu asesor llega.

Además, el colectivo de autónomos ha experimentado en los últimos meses muchos cambios legislativos; cambios fiscales derivados de la reforma de medidas urgentes del trabajo autónomo que si bien no afectarán a la declaración del ejercicio 2017 sí aporta la confianza que el contribuyente autónomo necesita.

4. Enfrentarte a la burocracia, enemiga de tu negocio

Realizar y presentar la Declaración de la Renta 2017 puede convertirse en un embrollo que le roba tiempo a tu negocio, un recurso que precisamente no te sobra.

Confiar esta tarea a una asesoría fiscal te supondrá no solo el ahorro económico del que hablábamos sino también ahorro de otros recursos preciados. Olvídate de desplazamientos, llamadas y citas previas con Hacienda o comprobaciones minuciosas y deja que tu asesor se encargue de todo ello para dedicarte a lo que realmente importa, tu negocio.

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¿Fechas clave de la Renta 2017? ¡Atento!

Si lo prefieres puedes escuchar este artículo sobre las Fechas clave Renta 2017 aquí:

El día 4 de abril se ha iniciado el periodo de la Renta 2017 pero no es la única fecha importante a tener en cuenta. Más de un millón de contribuyentes ya tienen sus datos fiscales entre manos y es que en la campaña de este año está prevista la presentación de casi 20 millones de declaraciones. No pierdas detalle de este artículo y ¡apunta las fechas clave Renta 2017!

El autónomo está obligado al IRPF

El IRPF es uno de los impuestos más importantes que hay que pagar en España. Grava las rentas que se hayan obtenido a lo largo de todo el año natural anterior y sirve para financiar el propio funcionamiento del país. Por ello, toda persona que obtenga rentas en España está obligada a contribuir al gasto público con su presentación. Por tanto, también los autónomos están obligados a este tributo.

Ten en cuenta que se trata de un impuesto progresivo, así que si tu actividad económica ha obtenido más beneficios durante el año 2017 que en el 2016, en este 2018 te tocará pagar (si sale “a ingresar”) más que el año anterior.

Para la presente campaña Hacienda tiene previsto que se presenten casi 20 millones de declaraciones. De ellas, más de 13 millones saldrán a “devolver” por un importe que alcanzará los 9.468 millones de euros. Y algo más de 5 millones tendrán que enfrentarse al resultado “a ingresar”.

Fechas clave Renta 2017

El periodo de la Campaña de la Renta 2017 va desde el 4 de abril al 2 de julio de 2018, pero ya desde el 15 de marzo se inició la fecha de descarga de una aplicación (para móviles y tablets) que, por primera vez, ha puesto a disposición del contribuyente la Agencia Tributaria. Por eso, a día de hoy más de un millón de usuarios tienen en su poder los datos fiscales del año 2017.

4 de abril: se ha iniciado el plazo de confirmación, modificación y presentación de la declaración de la Renta. También es la fecha inicio para solicitar la cita previa para recurrir a la otra novedad de este año, el Plan “Le Llamamos”. Con esta nueva herramienta Hacienda refuerza la asistencia telefónica para la elaboración de la declaración y su presentación por parte del contribuyente.

8 de mayo: será el día desde el podrás solicitar la cita previa tradicional, aquella que te permite la atención presencial en la oficina de la Agencia Tributaria que te corresponda. Esta cita previa puede ser solicitada por internet, vía telefónica o mediante la aplicación a la que hacíamos referencia líneas arriba.

10 de mayo: comienza el periodo de atención presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.

27 de junio: es el último día para presentar la declaración con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.

29 de junio: a partir de este día ya no podrás solicitar más la cita previa para realizar la atención presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria. Así que si necesitas ayuda o prefieres que un profesional realice por ti tu declaración de la Renta 2017 no dudes en contactar con la asesoría de Infoautónomos.

2 de julio: Finaliza la campaña de la Renta 2017 y será el último día para presentarla si tu resultado es a devolver, renunciando a la devolución negativa y a ingresar con domiciliación del primer plazo. También es la fecha límite pare el Impuesto de la Renta de no Residentes.

Revisiones antes de hacer la Renta 2017

Es la propia Agencia Tributaria la que advierte que es conveniente revisar determinados datos:

• Inmuebles y sus referencias catastrales
• Circunstancias personales y familiares (si cambiaron en 2017)
• Arrendamientos de inmuebles
• Transmisiones
• Aportaciones a planes de pensiones
• Cuotas sindicales
• Percepciones por subvenciones
• Deducciones familiares y por maternidad
• Deducción por inversión en vivienda habitual
• Deducciones autonómicas

No olvides apuntar todas las fechas clave Renta 2017 y si mantienes dudas o prefieres que un especialista lo haga por ti, ya sabes que tienes a tu disposición la asesoría de Infoautónomos.

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IRPF 2018: gastos deducibles del autónomo (Incluye infografía)

En abril los autónomos obligados a emitir el modelo 130  empiezan a echar cuentas y a preguntarse cuáles son los gastos realizados durante el primer trimestre de este año que Hacienda admitirá como gastos deducibles en el IRPF 2018.

Conscientes del poder de la imagen en Infoautónomos optamos por contártelo en forma de infografía, con un formato más visual. Además, si necesitas ampliar información haz clic sobre el icono “i” de la infografía.

Además, recuerda que nuestra asesoría online se pone a tu disposición para ayudarte a cumplir con tus obligaciones fiscales.

 

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Permiso de paternidad para autónomos

Si lo prefieres puedes escuchar este artículo sobre el Permiso de paternidad para autónomos aquí:

Si eres trabajador por cuenta propia y te has decidido a ser padre te interesa este artículo porque te damos las claves de todo lo que debes saber sobre el permiso de paternidad para autónomos.

Aprende cuánto tiempo puedes disfrutar del subsidio correspondiente, cómo solicitarlo y cuál será la cuantía que cobrarás. ¡Muy atento porque ha cambiado la fórmula para hallar tu base reguladora hace tan solo unos días!

Requisitos para solicitar el permiso de paternidad para autónomos

Siendo autónomo también puedes disfrutar de un permiso de paternidad en el momento en el que te conviertas en padre.  Se trata de un subsidio o ayuda instaurado para que puedas conciliar tu recién estrenado estado paternal con tu actividad como trabajador por cuenta propia.

Pero para poder disfrutarlo tienes que cumplir con determinados requisitos:

  1. Obviamente, la primera obligación exigible es estar dado de alta tanto en Seguridad Social como en Hacienda, y al día de tus pagos.
  2. Estás obligado a comunicar en un plazo máximo de 15 días el nacimiento de tu hijo.
  3. Además, tienes que tener un mínimo de tiempo cotizado: 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha de la baja, o, alternativamente, 360 días a lo largo de tu vida laboral.

También puedes disfrutar del permiso de paternidad en caso de que adoptes a un niño menor de 6 años o si comienzas a tutelar a un familiar dependiente con, mínimo, el 33% de discapacidad legalmente reconocido.

Duración del permiso de paternidad para autónomos

El tiempo durante el que tienes derecho a disfrutar de tu permiso de paternidad se reduce a cuatro semanas, 28 días naturales. Cuando el parto, la adopción o el acogimiento sean múltiples, este plazo se amplía en dos días más por cada hijo, a partir del segundo.

Aun así, se trata de un periodo muy alejado de la duración existente en otros países europeos como, por ejemplo, Noruega donde esos días se extienden hasta las 10 semanas (70 días naturales).

De todos modos, está muy atento a los próximos días porque este periodo puede verse ampliado hasta las 5 semanas. De hecho, así está contemplado en los nuevos Presupuestos Generales del Estado (PGE) que están sobre la mesa del Congreso de los Diputados para ser aprobados y que se debaten estos días.

La ampliación del permiso de paternidad a las 5 semanas fue una proposición que se hizo por parte de Ciudadanos y que el actual partido en el poder, PP, aceptó a cambio de contar con su voto a favor de las Cuentas Públicas presentadas por el ejecutivo.

Cuantía del permiso de paternidad para autónomos

Para solicitar el subsidio de paternidad tienes que presentar en la Seguridad Social tu DNI, el informe médico del parto, el libro de familia o la certificación de inscripción del hijo en el Registro Civil y la declaración de situación de actividad como trabajador por cuenta propia. Durante el tiempo en que disfrutes del permiso de paternidad, tendrás bonificada tu cuota de autónomo al 100%.

Y ¿cuánto cobrarás? Muy atento porque si hasta el 1 de marzo de este mismo año, hace tan solo unos días, cobrabas el 100% de la base reguladora correspondiente a los últimos 12 meses anteriores al nacimiento (o la adopción o acogida) del hijo, desde esta fecha la cuantía diaria del subsidio será del 100% de la base hallada al dividir la suma de las bases de cotización de los 6 meses inmediatamente anteriores a la baja entre 180.

En un ejemplo sencillo… si durante los últimos 6 meses el autónomo ha cotizado por la base mínima, recordemos 919,80€, multiplicaremos esa cifra por 6 (meses) y la dividiremos entre 180.

919,80€ x 6 meses= 5.518€

5.518€ : 180= 30,66€/día

Complicando un poco el ejemplo, pongamos que has cotizado 2 meses 919,80€ por la base mínima y los 4 meses siguientes por 1.000€. En este caso la cuantía diaria sería de 32,44€.

919,80€ x 2 meses= 1.839,6 €

1.000€ x 4 meses= 4.000 €

4.000€ + 1839,6€= 5.839,6 €

5.839,6 € : 180= 32,44€/día

Espero que ahora tengas claro cómo funciona el permiso de paternidad para autónomos pero en caso de que mantengas dudas recuerda que tienes a tu disposición el servicio de asesoría de Infoautónomos.

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Doble cita con Hacienda: Renta 2017 y primer trimestre de 2018

En abril damos la bienvenida a la primavera, al solecito y en general al buen tiempo, que dicho sea, de paso se ha hecho esperar. Pero quien no se hace esperar año tras año en este mes de abril es tu cita con Hacienda, tu doble cita, ya que en abril, según el calendario fiscal, confluye un nuevo trimestre fiscal y el inicio de la campaña de la Renta 2017. Sí, 2017 porque el ejercicio que declaras es el del año anterior.

En este artículo te facilitamos las fechas clave para la presentación y liquidación de impuestos en este mes que acabamos de empezar.

Atiende bien a los tiempos en estas estas tres semanas frenéticas ya que si pierdes el compás y te despistas llegarás tarde a tu cita con Hacienda. ¿Qué supone la presentación o la liquidación fuera de plazo?  Si te retrasas más de la cuenta y te llega requerimiento tendrás que hacer frente a posible sanción por presentación o liquidación extemporánea.

Lo más seguro es no ponerse en peligro. Por ello, la mejor manera de evitar riesgos es contando con la ayuda de un servicio de asesoría online como el que te ofrecemos en Infoautónomos. Tu asesor de confianza estará atento por ti a las fechas que a continuación te detallamos:

4 de abril: pistoletazo de salida a la campaña de la Renta 2017

Mañana mismo se abre el plazo oficial para la presentación del IRPF 2017 del contribuyente que a partir de mañana podrá presentación del borrador y la declaración de la Renta 2017, eso sí, exclusivamente por vía online o telefónica. No será hasta el 2 de mayo cuando se abra la veda para la declaración presencial.  Antes de mañana el contribuyente ya ha podido calentar motores con la nueva aplicación que la Agencia Tributaria lanzó el 15 de marzo para la obtención del número de referencia, la consulta de los datos fiscales y la confirmación del borrador.

Además, mañana mismo, 3 de abril, echa andar el Plan Llamamos, otro nuevo servicio de atención telefónica de Hacienda al contribuyente que desde ya puede concertar día y hora de llamada con la Agencia Tributaria.

El periodo de la campaña de la Renta 2017 comienza el 4 de abril pero se extiende durante los meses de mayo, junio y los dos primeros días de julio. Puedes consultar el resto de fechas clave del IRPF 2017 en este artículo que detalla también algunas de las novedades de este año.

Hasta el 20 de abril: presentación del primer trimestre fiscal de 2018

En es te mes de abril no solo se inicia el periodo para la presentación de la Renta 2017 sino que supone también el punto de partida de para cumplir con tus obligaciones fiscales en el ejercicio 2018. Así que vuelta a empezar, borrón y cuenta nueva. Este primer trimestre de 2018 puede ser una oportunidad para no volver a caer en los errores pasados y para limitar en la medida de lo posible tener que recurrir a la declaración complementaria o  la declaración sustitutiva. Para evitar este embrollo es bueno actuar con margen y grabarte a fuego el plazo con el que cuentas para la presentación y/o liquidación de tus impuestos.

Liquidaciones y declaraciones informativas de IVA

  • Modelo 303: Autoliquidación trimestral del IVA. Si tu actividad está sujeta al impuesto tendrás que presentar esta declaración.
  • Modelo 349: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. No olvides que también tienes la obligación de detallar tus operaciones ante la Administración si eres operador intracomunitario. Además, en este vídeo te explicamos cómo cumplimentar esta declaración de operaciones intracomunitarias. 
  • Modelo 309: Liquidación no periódica del IVA. Se trata de un modelo poco habitual que aquellos autónomos sujetos a regímenes especiales como el de recargo de equivalencia o los de pesca, ganadería y agricultura están obligados a presentar.
  • Modelo 368: Si tu actividad está sujeta a comercio electrónico y vendes a particulares fuera de España, tienes que aplicar el IVA del país donde vendes y presentar este modelo trimestral 368.

Liquidaciones y declaraciones informativas de IRPF

  • Modelo 130: Autoliquidación del pago fraccionado del IRPF. Todos aquellos autónomos que realicen actividad económica registrada en el censo de empresarios (IAE) tienen la obligación de hacer frente a este modelo 130, con excepción de quienes hayan facturado con retenciones más del 70% de su facturación a empresas, autónomos y entidades jurídicas con sede en España.
  • Modelo 131: Autoliquidación del pago fraccionado del IRPF. Empresarios y Profesionales en Estimación Objetiva. En caso de ser trabajador por cuenta propia y tributar por módulos presentarás el modelo 131 en lugar del modelo 130. Recuerda además que el pasado diciembre se prorrogaron los límites del ejercicio 2017 para estar en módulos en 2018. 
  • Modelo 111: Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF. Si eres trabajador por cuenta propia y aplicas descuentos en el importe de las rentas por rendimientos de trabajadores, empresarios o profesionales forzosamente declararás dichas retenciones antes Hacienda.
  • Modelo 115:  Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos. Si eres autónomo y desarrollas tu actividad en un local alquilado sobre el que practicas retención estás obligado a liquidar el impuesto en Hacienda.  

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