10 argumentos para enamorarnos del trabajo autónomo

Hoy queremos darle una vuelta de tuerca a San Valentín para celebrarlo de una manera particular pero con el tratamiento que merece. Veréis. En Infoautónomos hemos visto en la cita de mañana la mejor ocasión para contar lo que nos enamora del trabajo autónomo y demostrar el amor a nuestro trabajo.  

Este artículo es una llamada de acción para aquellos que quieren hacerse autónomo y un reconocimientos a ese 62% autónomos que afirma que le gustaría seguir trabajando por cuenta propia el resto de su vida profesional; a esas  personas emprendedoras para las que su trabajo fue un amor a primera vista, un auténtico flechazo, un lanzarse a la piscina. Los autónomos que cuidan con mimo ese amor a su negocio, que a veces ríen y otras muchas lloran, que dan el 100% y reciben un 20%, que pelean y se reconcilian. 

Y es que la relación de un autónomo con su trabajo es lo más parecido al amor en todas sus formas: amor romántico, amor (casi) eterno, amor-odio o un amor de verano.

El trabajo por cuenta propia entendido como única salida al desempleo, como un rey puesto a rey muerto o una mora que quita la mancha de otra es un amor abocado al fracaso. Por eso te recomendamos que si emprendes sea con el ánimo que ello requiere, con ganas y sin miedo, e interiorizando las ventajas de tu condición. Ventajas que, dicho con el sentido de la cita de mañana,  son esos encantos que nos enamoran cada día.

Porque somos motor de empleo

Este es probablemente uno de los argumentos que más nos gusta. Saber que contribuímos a la creación de empleo es una sensación reconfortante.  De hecho, según las cifras aportadas por la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), cada día hay 170 autónomos más generadores de empleo y la puesta en marcha de la nueva ley de autónomos deja unas previsiones muy positivas: 135.000 nuevos empleos durante 2018.

Además, no hablamos únicamente de empleo por cuenta propia sino que el número de trabajadores asalariados contratados por autónomos ha aumentado un 53% desde 2011 superando la cifra más que respetable del millón de asalariados, según los datos del Ministerio de Empleo el pasado año.

Porque puedes ser tu propio jefe

No hay nada más romántico, en el sentido genuino de la palabra,  que emprender nuestro viaje en solitario afrontando con valentía lo que el destino nos depara. Ser dueños de nuestros propios actos y disponer de nuestros recursos nos encandila.

Y es que dejar de depender de responsables en Administraciones y empresas es a veces, y con respeto a ellos, el fin de una relación tormentosa. Pero cuidado, tampoco es cuestión de que hagas y deshagas sin control. Ahora la responsabilidad es exclusivamente tuya.

Porque puedes trabajar desde casa

Ganarnos la vida como trabajador autónomo sin movernos de casa es un buen plan. Cada vez más autónomos optamos por afectar un espacio de la casa a la actividad que desarrollamos. Esto nos permite conciliar nuestra vida personal y nuestra vida profesional, compartir el amor za nuestra familia y amigos con el amor a nuestro negocio a la par que nos ahorramos costes por el alquiler de un local.

Porque es un modelo flexible, sin horarios

Somos autónomos las 24 horas del día,  sin horarios y entregándonos por completo, sí, pero, ¿no es ese el secreto del éxito de una relación? Además todo esto tiene sus ventajas; al llegar al  trabajo no tenemos que firmar el control de presencia, si la niña se pone enferma podemos escaparnos al colegio o no necesitamos quien nos apruebe vacaciones. Es decir, tenemos la libertad de alinear el trabajo con nuestra forma de vida. Y eso es algo que nos engancha.

Porque el trabajo autónomo no requiere inversión inicial

Esta es otra de las razones por las que muchos emprendedores nos enamoramos a primera vista y nos comprometemos a ser autónomo. Comenzar un proyecto como trabajador por cuenta propia no conlleva una gran inversión como en el caso de las sociedades que exige un capital previo y tiene asociado gastos de constitución. Eso sí, en el momento en que como autónomo nos “casamos” con ese proyecto lo hacemos en situación de bienes gananciales.

Porque el trabajo autónomo enriquece

Y no es únicamente por una cuestión de ingresos. Ser autónomo es enriquecerse de los valores más genuinos del trabajo por cuenta propia: lucha, tesón, superación, creatividad, iniciativa, compromiso, independencia, confianza y así, una larga lista de cualidades que solo pueden beneficiarnos.

Porque puedes llegar muy lejos: diversificación de productos, servicios y clientes

Este motivo está estrechamente ligado al punto anterior. Las posibilidades de desarrollar una actividad por cuenta propia son muchas y pasan por diferentes ámbitos: el que hay en torno a nuestro producto o servicio, nuestros clientes y, más ampliamente, al mercado. Este es un “amor” con el que podemos traspasar fronteras (internacionalización del negocio) y conseguir una amplia cartera de clientes que caerán rendidos a las bondades de nuestro producto.

Porque hay bonificaciones e incentivos en la cuota de autónomos

¿Quién no le pone ojitos a las opciones de ahorro en la cuota de autónomos? Es uno de los principales atractivos para nuevos autónomos que disfrutan de las bonificaciones durante un periodo de tiempo, que en el caso de la tarifa plana dura dos años. Después el amor se acaba para muchos autónomos pero no precisamente de tanto usarlo.

Porque tienes derecho a reducción del 20% en el IRPF por inicio de actividad

Ser nuevo autónomo tiene una ventaja fiscal si no capaz de enamorar a quienes se planteen iniciar una actividad económica, sí de seducirlos para ello. Nos referimos a la reducción del rendimiento neto (ingresos – gastos) cuando este es positivo en un 20%. ¿Te engancha lo suficiente?

Porque puedes hacer tu sueño realidad

Con independencia de los argumentos fiscales decíamos al inicio que ser autónomo es lo más parecido al amor en todas sus formas. Si tienes un proyecto en mente, tienes dos opciones vivirlo como un amor platónico, imposible, o hacerlo realidad.  No te quedes con las ganas de saber lo que te puede llegar a reportar ese proyecto. Nada puede sustituir a la experiencia. ¿Te lo vas a perder?

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Source: El economista<

Medidas para la conciliación familiar 2018

Está claro que convertirse en padre y madre cambia la vida de una manera radical. Y si ya es complicado afrontar la situación cuando uno trabaja por cuenta ajena, ni que decir tiene cuando se es autónomo. Las dudas aparecen casi en paralelo a las que pueden surgir sobre el cuidado del propio hijo, al fin, tu negocio también es tuyo. Tranquil@… respira, porque en este artículo te explicamos las medidas para la conciliación familiar 2018.

¿Qué días de permiso tienes? ¿Cuáles son los requisitos para pedir la baja por maternidad o paternidad? ¿Cuánto cobrarás? ¿Existen bonificaciones de las que beneficiarse? ¡Atento!

Ser madre y padre autónomo

Los autónomos, ellos y ellas, también tienen derecho a ser padres y poder conciliar su vida familiar con la laboral. La primera medida de conciliación es la propia baja por maternidad y paternidad.

Las madres autónomas podéis disfrutar de 16 semanas ininterrumpidas de baja maternal, durante las que cobrareis la prestación maternal, y los padres tenéis derecho a un mes en las mismas condiciones.

Existe la posibilidad de que, si bien las 6 primeras semanas de baja maternal tienen que ser disfrutadas por la madre de forma obligatoria, las 10 siguientes pueden ser transferidas al otro progenitor.

Estas medidas no solo son aplicables si tienes un hijo, sino que también tienen vigencia si te has decidido a adoptar a un menor de 6 años o comienzas a tutelar a un familiar dependiente.

Requisitos para la baja por maternidad o paternidad

Recuerda que, para poder optar a la baja maternal o paternal, y poder beneficiarte del resto de bonificaciones, tienes que estar dado de alta tanto en Seguridad Social como en Hacienda y al día de tus pagos (tienes un plazo de 30 días para poner en orden tus cuentas en caso de no estar al corriente).

Tendrás, además, que comunicar en un máximo de 15 días el parto o la resolución administrativa de adopción o tutela, para que empiece a contar el plazo y la ayuda pertinente.

También tienes que tener cubierto un período mínimo de cotización: 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha de la baja, o, alternativamente, 360 días a lo largo de tu vida laboral. Estos plazos disminuyen a 6 meses si eres madre y tienes entre 21 y 26 años, y a cero (no necesitarás haber cotizado previamente), si eres menor de 21 años.

Y ¿cuánto cobrarás? pues el 100% de tu base reguladora. Además tu cuota de autónomo estará bonificada al 100%.

Bonificaciones para la conciliación familiar

Pero no solo puedes beneficiarte de la baja correspondiente sino que la nueva Ley de Autónomos ha abierto la posibilidad de disfrutar de ciertas bonificaciones en este nuevo año 2018.

  • Bonificación para autónomos para la conciliación familiar vinculada a la contratación.

Es cierto que ya existía pero ahora ha sufrido ciertos cambios que debes conocer. Esta medida te permite disfrutar, durante 12 meses, de una bonificación del 100% de tu cuota de autónomos en caso de que vayas a cuidar a un hijo menor de 12 años o a un familiar de hasta segundo grado (por afinidad o consanguinidad) con dependencia o discapacidad en un grado mínimo del 33%. Si en el tiempo de vigencia de la bonificación, tu hijo cumpliera los 12 años, puedes seguir disfrutando de esta medida hasta el periodo máximo.

Para poder beneficiarte de esta medida tienes que mantenerte dado de alta en el RETA y contratar a alguien que te sustituya durante los 12 meses que dura la bonificación. Además, concluido este periodo de 1 año, tienes la obligación de permanecer durante 6 meses más, mínimo, dado de alta.

  • Bonificación para autónomos que disfruten de descanso por maternidad, paternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia.

Esta medida no está sujeta a la contratación y, al igual que la anterior, te bonifica el 100% de la cuota de autónomos. En este caso la cuantía de la prestación se halla haciendo una media entre las últimas 12 cotizaciones abonadas y solo puede solicitarse para descansos superiores a 1 mes.

  • Bonificación para madres autónomas que se reincorporan al trabajo tras la baja maternal.

La nueva Ley de Autónomos ha incorporado la posibilidad de que las madres que trabajen por cuenta propia y quieran reincorporarse a la vida laboral tras el periodo de baja, puedan hacerlo acogiéndose a la Tarifa Plana.

En la práctica esto supone que, si te acoges a la base mínima de cotización, podrás disfrutar de la cuota reducida de 50€ durante un año, sin tener que esperar 2 años desde la última vez que la disfrutaste. Si decides cotizar por una base más elevada, se te aplicará una bonificación del 80% de la cuota.

En el caso de esta bonificación la ley habla exclusivamente de “madre” excluyendo, por tanto, a los padres, de esta tercera medida.

Espero que tengas más claras las medidas a la conciliación a las que tienes derecho si has sido o vas a ser papá o mamá, de todos modos, si mantienes dudas, recuerda que la asesoría de Infoautónomos está a tu disposición para echarte una mano a la hora de gestionar todo este papeleo.

 

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Source: El economista<

Deudas de empresas clientes: cómo evitar que afecten a tu negocio

Cuidar la salud financiera de tu empresa es vital para prevenir situaciones complicadas que pongan en riesgo la supervivencia de la misma. Conseguir negocio, incrementar el número de clientes, es muy importante, pero también lo es hacerlo de forma planificada, evitando que esto pueda ser el desencadenante de problemas de solvencia. La crisis económica que hemos atravesado ha puesto de relieve la debilidad de muchas pymes españolas no solo cuando dejan de cobrar facturas, sino también ante los retrasos dilatados en los pagos de sus clientes, lo que ha llevado al cierre de un buen número de compañías.

Contabilizando únicamente los impagados del penúltimo trimestre del año pasado, estos supusieron un coste para el tejido empresarial de nuestro país de casi 1.500 millones de euros, según un estudio de INFORMA D&B. El periodo medio de pago se alarga a más de 90 días. Y eso que el retraso medio de las empresas españolas para hacer efectivas sus facturas sigue una línea descendente y se sitúa ya por debajo de los 13 días.

Qué tipo de empresa me interesa como cliente

Asumido que el “todo vale” para crecer no funciona, será necesario diseñar una estrategia encaminada a conseguir los clientes que realmente interesan, los buenos pagadores. Para ello habrá que definir un perfil de cliente “ideal”, nuestro objetivo. En esta tarea, nos podemos ayudar con la información que ofrecen marcas como eInforma, tanto acerca de las deudas de empresas como sobre otros datos de interés.

Identifica a tus buenos clientes

Revisa tu cartera actual de clientes y selecciona aquellos con los que te resulta más fácil y rentable trabajar. El análisis de sus características aportará los datos necesarios para crear tu perfil de cliente “ideal”: cuál es el tamaño medio de estas empresas, en qué niveles de facturación se mueven, a qué sectores de actividad se dedican, dónde están ubicadas…).

Localiza a tus nuevos clientes

Una vez que se tenga claro cuál es el tipo de cliente que se busca será más fácil realizar una preselección de empresas a las que dirigirse, por zona de interés, según sectores o tamaños. Pero para realizar la selección definitiva de candidatos es necesario investigar si cumplen con las condiciones definidas. Esto requiere un desembolso de tiempo y dinero, aunque también los ahorraremos al dirigir nuestras acciones comerciales a targets adecuados. Esto incrementará en gran medida las posibilidades de éxito de la acción comercial y reducirá los gastos en captación de clientes.

Analiza la deuda de las empresas posibles clientes

El tamaño de una empresa puede darnos pistas sobre su comportamiento respecto a los pagos: el 55% de las microempresas y el 47% de las pequeñas cumplen con los plazos de pago pactados frente al 28% de las medianas y el 12% de las grandes empresas. Sin embargo, la mayor parte de las medianas y grandes paga con un retraso de hasta 30 días, 65% y 80% respectivamente, frente al 36% y el 47% de las micro y pequeñas empresas (según INFORMA).

Pero se trata de una probabilidad no de una certeza. Sin embargo, es posible minimizar los riesgos que generan las deudas de las empresas consultando los informes de riesgo que ofrecen, además de toda la información genérica sobre una empresa, un rating para poder tomar decisiones de crédito y toda la información relevante respecto a incidencias de pago o incidencias judiciales de las mismas.

Diversifica los riesgos

Al igual que no es bueno que tu empresa dependa de los ingresos que genere un solo gran cliente, también es conveniente, si el tipo de negocio lo permite, diversificar los sectores o las zonas de los clientes con los que trabajas.

Así se evitará que un problema localizado en una actividad económica determinada o en una zona concreta afecte gravemente a la solidez financiera de nuestra compañía.

Limita el número según la capacidad de tu negocio

Ampliar la cartera de clientes supone crecer, y esto implica también costes, probablemente más empleados, nueva maquinaria, inversiones en plantas de producción o edificios, software… todo un plan de desarrollo de negocio que hay que mantener en el tiempo.

Adecuar el número de nuevos clientes a las estimaciones sobre las posibilidades de incrementar la capacidad operativa de la empresa evitará morir de éxito y permitirá crecer de forma eficiente y sostenida.

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Source: El economista<

Modelo 347: Claves 2018

modelo 347Inmersos en el mes de febrero, hoy en INEAF, hablaremos sobre el máximo exponente a nivel de obligaciones fiscales correspondiente a este mes. Se trata  del Modelo 347 de declaración recapitulativa de operaciones con terceros. Se trata de una declaración informativa y no una liquidación de un impuesto, aunque no por esto deja de ser…

Source: Ineaf<

Requisitos para el paro del autónomo

Parece mentira, pero tan solo desde hace unos años, los autónomos tenéis derecho a cobrar el paro. Y es que, si ya es complicado salir adelante con un negocio propio, afrontar el cierre de éste y asumir sus pérdidas puede convertirse en algo realmente duro.

Por eso, esta prestación por cese de actividad puede ayudarte a sobrellevar el “mal trago”, pero ¡ojo! porque tienes que cumplir con determinados requisitos para poder cobrar el paro del autónomo. 

Cotizar por cese de actividad

Lo primero es que tienes que haber elegido, de forma voluntaria, al darte de alta como autónomo (vía Modelo 036 o Modelo 037), las cotizaciones por “cese de actividad” y por “actividades profesionales”. Pero tampoco el mero hecho de hacer frente a esa cotización es suficiente para cobrar el paro, además tienen que darse determinadas condiciones.

Y es que la baja tiene que tener una justificación. Para alegar motivos económicos tendrás que demostrar haber obtenido un nivel de pérdida mayor del 10% a los ingresos anuales, o al 20% en dos años consecutivos. También puedes causar baja por motivos técnicos, productivos u organizativos, o a causas mayores, como la pérdida de licencia administrativa para desarrollar la actividad, o que se den situaciones de divorcio o separación legal o violencia de género.

Requisitos para el paro del autónomo

Además de todo lo anterior, tendrás que cumplir con todos estos requisitos:

  • Estar afiliado en el Régimen Especial de Autónomos (RETA), en situación de alta y tener cubiertas tanto las contingencias profesionales como las de cese de actividad. Quedan incluidos los trabajadores por cuenta propia incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.
  • Obviamente, solicitar la baja en el Régimen Especial a causa del cese de actividad.
  • Debes de haber cotizado por esta contingencia al menos 48 meses antes de que se produzca el cese, pero, además, de esos 48 meses, 12 de ellos tienen que haber sido continuados y ser los anteriores a la petición del cobro.
  • Estar en situación legal de cese de actividad y acreditar disponibilidad para la reincorporación al mercado de trabajo a través de las actividades formativas y/o de orientación profesional que convoque el Servicio de Empleo de la Seguridad Social.
  • No haber cumplido la edad legal para causar derecho a la pensión de jubilación exceptuando que no tengas acreditado el periodo de cotización requerido para ello.
  • Tienes que estar al día en el pago de tus cuotas a la Seguridad Social y, en caso de no estarlo (pero si tienes cubierto el periodo mínimo de cotización), tienes 30 días (plazo improrrogable) para ingresar las que debas, es lo que se llama “invitación al pago”.

Y si tienes contratados a uno o más trabajadores también es requisito previo al cese de actividad el cumplimiento de garantías, obligaciones y procedimientos regulados en la legislación laboral. Para que este compromiso tenga validez, debe ser acreditado mediante declaración jurada del trabajador autónomo.

Cuándo y cómo solicitar el paro

Lo primero que debes hacer es solicitar el cese de actividad. Tendrás que recurrir al Modelo 036 ó 037 para darte de baja como autónomo. Posteriormente acude a la Mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales con la que estés cubierto o, en su defecto, a la oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que te corresponda, para gestionarlo todo.

Tendrás de plazo para presentar la solicitud de la prestación hasta el último día del mes siguiente en el que, efectivamente, cesaste en la actividad.

Duración del paro del autónomo

Para calcular el tiempo que podrás estar cobrando el paro debes pensar en el tiempo que has cotizado por esta contingencia. Por ejemplo, si has cotizado de 12 a 17 meses te corresponden 2 meses de paro, que has pagado entre 30 y 35, cobrarás 5 meses. Así, de manera proporcional, hasta los 12 meses que es el máximo.

Con esta tabla tú mismo puedes saber cuántos meses de paro te corresponden:

Meses cotizados Meses de paro
12 a 17 2
18 a 23 3
24 a 29 4
30 a 35 5
36 a 42 6
43 a 47 8
48 y ss. 12

Cuantía del paro del autónomo

Si lo que quieres saber es qué cuantía de paro vas a cobrar todos los meses, tienes que hacer un cálculo que se rige por la media de las bases por las que hayas cotizado durante los últimos 12 meses. A esa base reguladora tendrás que aplicarle el 70%, así obtendrás la cifra.

Pongamos un ejemplo. Imaginemos que has cotizado por la base mínima (919,80€) durante los 12 meses anteriores al cese de la actividad y efectivamente, tenías cubiertas tanto las contingencias profesionales (oscila entre el 1,3% y el 6,5%) como las contingencias por cese de actividad (2,20%).

En este caso tu paro sería de 666,38€ al mes. Echa un vistazo a las cuentas:

919,80€ (base) x 2,20% (cese actividad)= 20,23€

919,80€ (base) x 1,3% (c. profesionales)= 11,95€

919,80€ (base) + 20,23€ (cese actividad) + 11,95€ (c. profesionales) =  951,98€

951,98€ x 70%= 666,38 €/mes

Máximo y mínimo de paro

Debes tener en cuenta que la cuantía máxima de la prestación por cese de actividad será del 175% del Indicador Público de Efectos Múltiples. Este indicador para 2018 queda establecido en 537,84€ al mes. Así que lo máximo que podrás cobrar mensualmente de paro serán 941,22€. Si tienes uno o más hijos a tu cargo ese porcentaje se eleva hasta el 200 y el 225% respectivamente.

El mínimo será del 80% de ese mismo indicador, así que hablamos de 430,27€. Si tienes hijos a tu cargo ese mínimo también se eleva hasta el 107%.

Si, lo sabemos, ninguna de las cifras es muy elevada, pero se trata de una prestación que puede ayudarte en caso de tener que cerrar tu negocio. Más del 80% de los autónomos os decantáis por la base mínima de cotización, tú decides si te compensa o añadir esta cotización por el cese de actividad ya que la legislación lo deja a elección del autónomo pero, si lo piensas bien, es casi como una hucha que romper en casos de extrema necesidad.

¿Te quedan dudas sobre cómo gestionar el paro del autónomo o cómo darte de baja en el RETA? ponte en contacto con el servicio de asesoría de Infoautónomos que podrá ayudarte con todo el papeleo.

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Source: El economista<

Los autónomos trabajan un 25% más que los asalariados

Los autónomos no tenemos horario laboral fijo; dicho llanamente, echamos más horas que un reloj o, lo que es lo mismo, trabajamos sin descanso. Y no es una apreciación propia del imaginario en torno a la figura del autónomo, es un hecho y así lo confirma los datos de la última Encuesta de Población Activa (EPA) sometidos a análisis por la Confederación Intersectorial de Autónomos del Estado Español (CIAE).

El análisis extrae conclusiones sobre la jornada laboral del trabajador por cuenta propia en términos generales y por sectores y en comparación con los trabajadores asalariados, incluidos los de empresa privada y trabajadores públicos. La CIAE habla de horas en neto pues excluye el tiempo empleado en desplazamientos, gestión de actividad económica o atención de urgencias fuera de jornada laboral.

El autónomo dedica 12 horas más semanales que el empleado público

40,7 horas;  es el tiempo medio de trabajo semanal del autónomo frente a las 32,5 horas del autónomo asalariado, una diferencia que se incrementa que se incrementa un punto si nos referimos al trabajador público, que emplea semanalmente una media de 31,5 horas, 12 horas menos que el trabajador por cuenta propia. Además, sabemos que el Gobierno estudia la propuesta de UGT de reducir la jornada de funcionarios públicos a 35 horas semanales.

Al hilo de lo anterior, la CIAE manifiesta que desde el inicio de la crisis en 2008 hasta la actualidad la brecha horaria entre autónomos y asalariados no ha hecho más que crecer. En menos de una década la diferencia ha pasado de 5,8 a 8,2 horas.

Las más de 50 horas semanales de los autónomos con trabajadores contratados

Pero esas 40,7 horas del autónomo es el mejor de los datos que refleja el análisis. De los más de tres millones de autónomos registrados hoy día, 850.000, que supone un 27% trabajan más de 50 horas semanales.

Además, si se trata de empleados con trabajadores en plantilla el porcentaje aumenta a un 34%, lo que viene a contradecir la idea de que el autónomo con asalariados transfiere carga de trabajo o se liberaliza de ella.

Si nos ceñimos a los asalariados que emplean más de 50 horas a la semana el porcentaje desciende drásticamente a un 5% en el sector privado.

El autónomo del sector de la enseñanza, el mejor parado

El análisis de la CIAE también realiza comparativa de los horarios de los autónomos por áreas de actividad. En la educación, el trabajador por cuenta propia destina 24,2 horas a la semana, algo entendible si se tiene en cuenta, entre otras razones, que es un sector con horarias fijados.

Nada que ver con el de la hostelería en el que, por su propia naturaleza, el autónomo trabaja  una media de 49, 7 horas incluyendo fines de semana o días festivos.

Entre unos y otros se encuentran los autónomos dedicados al sector primario, agricultura, ganadería y pesca, que destinan 45,5 horas de media a su trabajo semana.

707 euros mensuales por 162,8 horas

Como demuestra el análisis de la CIAE, en términos generales el trabajador autónomo destina más horas a su negocio que el asalariado a su trabajo.

Las 40,7 horas de media a la semana que trabaja el autónomo hace un total 162,8 horas mensuales por las que el autónomo obtiene un “salario medio”, o lo que es lo mismo, una liquidez mensual de 751 euros, un dato que se extrae de las estadísticas publicadas por la Agencia Tributaria correspondientes al IRPF de 2014.

A esto hay que añadir que, según la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), en la actualidad hay medio millón de autónomos que no alcanzan el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de 707 euros.

Para más inri, este mayor número de horas invertidas tampoco redunda en la pensión del autónomo que es 500 euros de media inferior a la de los trabajadores asalariados.

Lugar para la esperanza: medidas de conciliación laboral

¿Qué tiempo le dedica a su vida personal el autónomo que trabaja más de 50 horas semanales? No contamos con datos pero es lógico pensar que poco, muy poco. Aunque aún falta plena conciencia sobre esta problemática, la nueva ley de autónomos aprobada el pasado octubre incorpora medidas de apoyo a  la conciliación laboral en caso de autónomos que tengan a cargo hijos menores o familiares en situación de dependencia.

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Source: El economista<

Más de 10.000 autónomos se dan de baja en enero

El comienzo del año no ha sido tan bueno como todas las predicciones aseguraban. Las medidas adoptadas en la Nueva Ley de Autónomos no han conseguido frenar las bajas de trabajadores por cuenta propia que han tenido que cerrar sus negocios. Y es que más de 10.000 autónomos se han dado de baja en los primeros días de 2018.

Si bien los cálculos previos aseguraban que las nuevas bonificaciones y deducciones y, sobre todo, la ampliación de la Tarifa Plana, iban a darnos muchas alegrías en el sector, lo cierto es que nos hemos quedado a medio gas.

10.785 autónomos menos

Si, la cifra asusta y más si pensamos que se trata del número total de autónomos que han tenido que echar el cierre de sus negocios, tan solo, en el último mes de enero. Es un dato que acaba de publicar la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) que, aún así, confirma que se trata de la menor caída de la última década (no sabemos si esto es consuelo o no, la verdad).

Si bien es cierto que enero es el peor mes para recabar datos de empleo, ya que acaba el periodo de Navidades y se disparan las bajas en la Seguridad Social, la Nueva Ley de Autónomos prometía ofrecernos datos más alentadores. Pero parece que no ha sido así.

Tarifa plana para el emprendimiento

Por contra a estos números, queda claro que la ampliación de la Tarifa Plana si ha sido una buena medida para aquellos que se han decidido a iniciar una actividad económica, ya que las altas de autónomos han ascendido a 72.000 en este mismo mes de enero (21.000 altas más que en el mismo periodo de 2017).

Se trata del mejor registro en cuanto a afiliación de autónomos de los últimos 10 años (este dato si ofrece algo de consuelo). Por lo que entendemos que las nuevas medidas para el fomento del emprendimiento han supuesto el impulso necesario para que muchos se hayan decidido a iniciar una actividad económica.

Cataluña acumula el 22% de pérdidas de autónomos

Todas las Comunidades Autónomas (CCAA) exceptuando Canarias, que ha sumado 36 nuevos trabajadores por cuenta propia (y la Ciudad Autónoma de Melilla donde se ha registrado un nuevo alta), han experimentado un descenso en el número de cotizantes autónomos.

Quizás la tensión política vivida en los últimos tiempos haya sido el detonante para que Cataluña encabece este listado con 2.368 cotizantes menos. Este número equivale al 22% del cómputo global de las bajas en el RETA de todo el país. Le siguen Andalucía con 1.155 autónomos menos, Galicia con 1.027 y Castilla y León con 1.000 autónomos menos.

Aquí podéis ver la información de ATA desglosada:

No sabemos dónde está el problema real para que las cifras de este artículo sean las que son, pero entendemos que ser autónomo no es tarea fácil en nuestro país, y conseguir obtener beneficios y posicionar tu negocio es una carrera de fondo de la que no todos salen victoriosos.

Además, todavía quedan muchos hitos que conseguir en el estatus del trabajador por cuenta propia y, sobre todo, esta Nueva Ley de Autónomos ofrece “poco” para los que ya son autónomos desde hace tiempo. Quizás el legislador debería meditar si las nuevas bonificaciones, reducciones y deducciones son suficientes para que los trabajadores por cuenta propia consigan llegar a la meta.

Por nuestra parte ya sabes que si necesitas que alguien gestione todo el papeleo relacionado con tu negocio, no olvides que la asesoría de Infoautónomos está a tu disposición.

 

 

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Source: El economista<

Seguridad Social adelanta el plazo de solicitud de alta en autónomos

Hoy vamos con un tema que, en el contexto de las muchas informaciones sobre la nueva ley de autónomos, ha pasado desapercibida, o lo que es más sospechoso, no se le ha dado la cobertura que merece. Nos referimos a los cambios sobre los plazos de solicitud para darse de alta en  autónomos en el Régimen Especial de la Seguridad Social.   

Las reglas del juego han cambiado estableciendo un alta previa. Antes del 1 de enero de este 2018 los trámites para empezar a trabajar como autónomo pasaban por el alta en Hacienda para poder facturar y alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en un plazo de 30 días naturales desde el inicio de actividad.

Ahora cambias las tornas. Con la nueva ley, el autónomo debe darse de alta en Seguridad Social hasta 60 días antes de su alta en Hacienda e incluso simultáneamente en Seguridad Social y Hacienda. Para evitar embrollos aconsejamos esta última actuación permitida por la Administración. 

Una medida sobre alta en autónomos con poco bombo

Este era el modus operandis permitido por la Administración pero la reforma de autónomos ha endurecido el criterio. ¿Lo sabías? En caso negativo es entendible. Encontrar la novedad en la nueva ley de autónomos, publicada en el BOE el 25 de octubre de 2017, es como buscar una aguja en un pajar pero nosotros facilitamos la labor a los más “legalistas”.

Hay que poner en foco en el artículo 46 y la disposición final primera de la nueva ley para darnos cuenta de la modificación del Reglamento de Afiliación, modificación recogida en el artículo 32.3.1º del mismo:

(…)Las solicitudes de alta deberán presentarse por los sujetos obligados con carácter previo al comienzo de la prestación de servicios por el trabajador, sin que en ningún caso puedan serlo antes de los 60 días naturales anteriores al previsto para el inicio de aquella.(…)

Lo que significa que el autónomo ya no puede darse de alta en el RETA tras el inicio de actividad como anteriormente sino que deberá hacerlo en un plazo de hasta 60 días antes incluido el mismo día de inicio actividad.

Cómo afecta el nuevo plazo para alta en autónomos en la Seguridad Social

Ahora toca preguntarse por la causa y efecto de este adelanto de los plazos para la afiliación al RETA. Nuestra interpretación es que la Administración pretende un mayor control sobre las altas de nuevos autónomos y en concreto sobre aquellos rezagados que, por h o por b, tardan más de la cuenta en gestionar su alta en la Seguridad Social como autónomos.  

Cabe recordar que el plazo hasta el 1 de enero de 2018 consistía en 30 días tras el alta en Hacienda. Por tanto, con el criterio anterior el autónomo contaba con más margen que ahora para asentarse en el inicio de actividad. 

Plazos de Alta en el RETA

Más te vale conocer esta medida porque si sigues procediendo con la normativa anterior y realizas el alta fuera de plazo, la Administración te cobrará la cuota mensual y no la parte proporcional desde la fecha de alta. Debes tener en cuenta que la cotización no parte de la fecha de alta previa sino que tendrá efecto desde el inicio de actividad.

Bajas y variaciones en el RETA en un plazo de tres días

La reforma del Reglamento de Afiliación no solo se ciñe a las altas. A partir de 2015 el plazo para notificar bajas o modificaciones pasó a ser de tres días naturales posteriores al cese de actividad. Antes de 2015 el margen era mayor, seis días. naturales. 

Según nos informan a Infoautónomos Seguridad Social se contempla la posibilidad de baja previa cuando el sistema lo permita. Hoy por hoy no es posible.

El post Seguridad Social adelanta el plazo de solicitud de alta en autónomos es original de Infoautónomos.

Source: El economista<

Líneas de ayuda a la exportación en 2018

Cada vez son más los autónomos y las pymes que cuando el negocio se consolida se lanzan a comercializar sus productos o servicios fuera de nuestras fronteras, es decir, a internacionalizar el negocio. Este salto cualitativo, pero sobre todo cuantitativo, exige inversión por parte del autónomo y empresario.

Conscientes de ello y de lo conveniente de la internacionalización de empresas para el impulso de la economía (de 2013 a 2016, la inversión española en el exterior ascendió a 119.410 millones de euros de inversión bruta acumulada), las instituciones españolas ofrecen ayudas y recursos en 2018 que allanan el camino a quienes optan por exportar.

Desde el pasado año la Secretaría de Estado de Comercio lleva a cabo, a través de otros centros directivos del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, la Estrategia de Internacionalización de la Economía Española 2017-2027.

ICEX España Exportación e Inversiones

La web de ICEX, organismo dependiente del Ministerio de Economía,  debe ser una de tus primeras opciones de consulta para obtener información de utilidad sobre el proceso de internacionalización de tu negocio o empresa. Además de aportar información ICEX también convoca ayudas para conseguir  financiación y poder aumentar tu facturación exterior. Hablamos en concreto del programa ICEX NEXT 2018 que presta servicio de asesoramiento para diseñar tu plan de negocio y financia hasta 10.400 euros para tu proyección internacional.

COFIDES: Pyme Invierte

Si buscas un programa adaptado a pequeñas empresas Pyme Invierte puede ser el tuyo. Esta iniciativa de Cofides con ICEX facilita el acceso a la financiación durante el proceso de internacionalización en dos tramos diferenciados: inversiones productivas o implantación comercial. La financiación cubre hasta el 80% de las necesidades del proyecto dotándolo de un crédito que de va desde los 75.000 hasta los 10 millones de euros.

Además, Pyme Invierte este programa pone a disposición de los solicitantes el Servicio ICEX de Asesoramiento sobre Inversiones en el Exterior que incluye valoración de la capacidad de la empresa y oportunidad del proyecto y estudio de factibilidad.

CESCE: Cobertura estatal de los riesgos de la internacionalización

Todo proyecto que suponga inversión conlleva riesgo, un riesgo que también puede asumir en parte, el Estado. Dentro de la gestión del crédito orientado a la internacionalización, CESCE, desempeña una importante labor ofreciendo protección frente a impagos de un contrato de exportación, por ejecución indebida de avales y fianzas o resolución injustificada de un contrato.

En la página web de CESCE encontrarás también información sobre la política de cobertura en cada país.

Líneas ICO 2018

El Instituto de Crédito Oficial (ICO) también pone a disposición de autónomos y pymes dos líneas de ayudas para apoyarte económicamente en esta gran aventura, tanto si se trata de lanzarte a exportar como si pretender invertir en el comercio exterior.

ICO Internacional 2018

Este programa de crédito aporta financiación en dos tramos diferenciados:

Tramo 1 inversión y liquidez

Para proyectos de inversión fuera del territorio con algunos de los siguientes objetivos:

  • Activos fijos productivos nuevos o de segunda mano (IVA incluido)
  • Vehículos turismo, cuyo precio no supere los 30.000 euros más IVA
  • Creación y adquisición de empresas

Tramo 2 Exportadores a medio y largo plazo

Si buscas financiación para la venta de bienes o servicios, a empresas con domicilio social fuera de España, consulta las condiciones del primero de los tramos de esta línea de ayudas: crédito suministrador.

ICO Exportadores  2018

Esta ayuda económica está dirigida autónomos y pymes establecidos en España que deseen obtener liquidez mediante el anticipo de su facturación en el mercado exterior o que necesiten prefinanciación para cubrir costes de producción y elaboración del bien o servicio objeto de exportación..

Se podrán anticipar facturas generadas por operaciones de exportación con una fecha de vencimiento no superior a 180 días a contar desde la fecha del anticipo.

Se financiará hasta el 100% del importe de la factura, o hasta el 100% del importe de venta de los bienes siempre que no se supere el importe máximo de 12,5 millones de euros de saldo vivo por cliente y año, en una o varias disposiciones.

Plan Xpande de la Cámara de Comercio

Acompañamiento y financiación, es lo que ofrece a las pymes españolas que pretendan iniciarse en la exportación este programa de la Cámara de Comercio. Este plan, dividido en dos fases, una estratégica y otra económica, te ayudará a construir un plan de exportación para tu mercado objetivo que luego será implantado mediante subvención del 80%, lo que supone un importe de 9.000 euros y 15.000 en el caso de Andalucía.

Línea Enisa Crecimiento

Las líneas de financiación de ENISA se dividen en 3 bloques diferenciados: Jóvenes Emprendedores, Emprendedores y Crecimiento. Esta última es también una opción de financiación para la diversificación de mercados. 

El importe máximo es de un millón y medio de euros a devolver en un máximo de 9 años y 7 de carencia, a un interés de Euribor + 3,75% diferencial en un primer tramo, y Euribor + interés variable en función de la rentabilidad del negocio hasta un máximo del 8% en un segundo tramo.

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