Tus trabajadores podrán aplazar y acumular las vacaciones no disfrutadas

Los autónomos y empresarios que cuenten con personal en plantilla deben conocer una reciente novedad en materia de derechos laborales. Al término del pasado mes de octubre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminaba que los trabajadores de cualquiera de los estados miembros tiene derecho a aplazar y acumular las vacaciones anuales retribuidas no disfrutadas siempre que el empresario o autónomo lo haya imposibilitado.

¿Cómo repercute esta sentencia en el trabajador y el empleador?

El primero de ellos no perderá la jornadas de vacaciones que no ha podido disfrutar en el año natural para utilizarlas en un futuro próximo mientras que el segundo deberá respetar este derecho.

Si bien es cierto que en la práctica, las vacaciones no disfrutadas durante el año natural era un tema a convenir entre empresario y el trabajador, aprovechando además que artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores no se pronuncia, estaba extendida la directriz de la pérdida de las vacaciones anuales no retribuidas al término de año.

Eso sí, la sentencia se refiere a este derecho a posponer o acumular este derecho a vacaciones “particularmente importante” en el caso de que “la práctica disuasoria u omisión por parte del empresario “. Además, la sentencia dictamina que el trabajador no puede verse obligado a coger vacaciones antes de conocer si son retribuidas o no.

La sentencia es a propósito precisamente de esto último, cuando un ciudadano británico que trabajaba por cuenta para una empresa al que no se le retribuía las vacaciones que disfrutaba. En España este caso sería bien distinto ya que este trabajador estaría constituido como autónomo dependiente (TRADE) y por tanto la empresas no es la encargada de retribuirle los 18 días de vacaciones con lo que cuenta el autónomo TRADE cuenta.

22 días de vacaciones para los trabajadores asalariados

En España, según los datos que aporta el Banco Mundial los trabajadores por cuenta ajena disfrutan 22 días de vacaciones pagadas, 30 se sumamos sábados y domingos; esta cifra supone cinco días menos que nuestra vecina Francia que ostenta el primer puesto entre los países europeos con más vacaciones.

Pero cuando se trata de vacaciones el autónomo es el peor parado, máxime en periodos genuínamente vacacionales como la Navidad o el verano en los que el trabajador por cuenta propia hace su particular agosto.  Además muchos de estos autónomos no pueden permitirse echar el cierre y seguir haciendo frente a sus obligaciones con la Administración.

En este mismo artículo hablábamos el pasado verano sobre las “trabaciones” del autónomo.

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Source: El economista<

La publicidad en YouTube: tipos de anuncio e importancia como canal publicitario

Llegamos al último capítulo de nuestro Tour de la Publicidad en Redes Sociales hablando de la publicidad en YouTube.

En los últimos años, hemos asistido al crecimiento y explosión de esta red social, adquirida por Google en 2006. Y es que este crecimiento ha sido tal, que hoy día YouTube se puede permitir la licencia de competir con Google por ser el buscador de referencia.

¿Por qué? Sencillo. YouTube ofrece resultados de búsqueda como pueden ser los videotutoriales o videorespuestas. Tal y como está el mundillo SEO ahora mismo, este tipo de resultados son muy interesantes.

Como consumidores de vídeo online estaremos acostumbrados a ver anuncios antes y durante los vídeos, ¿verdad? Quizá incluso hemos visto cómo han evolucionado estos anuncios en los últimos años.

Pero como autónomos o empresas, estamos al otro lado.

¿Quieres saber qué tipos de anuncios se pueden crear en una campaña de vídeo en YouTube?

Importancia de YouTube como canal publicitario

Antes de entrar en materia vamos a dejar unos cuantos datos que reflejan el potencial de YouTube como herramienta publicitaria para todos nosotros. Estos datos están recogidos en su página oficial y pueden ser consultados abiertamente:

  • YouTube tiene más de mil millones de usuarios y cada día esos usuarios ven mil millones de horas de vídeos, lo que supone miles de millones de visualizaciones.
  • YouTube llega a muchas más personas con edades comprendidas entre los 18 y 34 años y los 18 y 49 años que cualquier cadena de TV por cable en Estados Unidos.
  • Más de la mitad de las visualizaciones de YouTube proceden de dispositivos móviles.

Tipos de anuncio de publicidad en YouTube

Los anuncios que veremos en YouTube solamente podrán ser implementados en aquellos vídeos que hayan habilitado previamente la obtención de ingresos.

Los tipos de anuncio que podrás encontrar en YouTube son los siguientes:

Anuncios de Display

Los anuncios de Display de YouTube no aparecen en dispositivos móviles, solo en ordenadores, y su ubicación está a la derecha del vídeo que estamos reproduciendo y justo encima de las sugerencias o de la lista de reproducción. Justo como en la imagen de debajo:

anuncios display youtube

Anuncios saltables – TrueView in – stream

También llamados “Anuncios TrueView in – Stream”. Aunque leyendo el nombre del tipo de anuncio puede que no os suene demasiado, cuando avances un poco más sabrás de lo que te estoy hablando.

Este tipo de anuncio es aquel que puedes saltar una vez han pasado 5 segundos de reproducción del mismo.

Pero como posible futuro anunciante, ¿cuándo te cobra YouTube?

YouTube va a cobrarte cuando ocurra lo siguiente:

  • El usuario ve 30 segundos de vídeo.
  • El usuario ve el vídeo entero.

En resumen, lo que ocurra antes. Es decir, que si el anuncio dura 30 segundos, el usuario deberá verlo entero para que YouTube nos cobre.

publicidad en youtube anuncio trueview in stream

Anuncios que no es posible saltar

También existen anuncios que no es posible saltar, como el que vemos justo debajo de este párrafo. Para que un anuncio no sea saltable debe tener una duración máxima de 30 segundos.

En este caso, el cuadro que aparece nos dirá que el vídeo se reproducirá después del anuncio en lugar de “Podrás saltar este anuncio en X segundos”.

Anuncios no saltables en la publicidad en youtube

Bumper Ads

También son anuncios no saltables, pero con la diferencia de que estos tienen una duración de 6 segundos, aunque también pueden aparecer antes, durante y después de la visualización de un vídeo que veamos.

YouTube cobra estos anuncios mediante el sistema de pago por CPM (coste por mil impresiones).

Un ejemplo de un vídeo Bumper es el siguiente:

Anuncios TrueView in – search

Este tipo de anuncios aparecen en función de los términos de búsqueda del usuario. Funciona igual que AdWords para la Red de Búsqueda de Google, ya que aparecerán vídeos promocionados en las primeras posiciones de los resultados de búsqueda en YouTube.

¿Cuándo nos cobra YouTube? Cuando el usuario clique en el anuncio y decida verlo.

anuncio trueview in search

De igual modo, puedes echarle un vistazo al funcionamiento de los anuncios TrueView en este vídeo de YouTube:

Anuncios en la página principal de YouTube – Anuncios Masthead

Estos anuncios son comúnmente llamados Masthead y son banners que aparecen en la página de portada de YouTube, tanto si entramos desde un ordenador como si accedemos desde la App móvil o la página para móviles de YouTube (m.youtube.com).

Podemos diferenciar entre los mastheads que serán estáticos (una imagen como vemos debajo) o dinámicos (un vídeo) que se reproducirán automáticamente al acceder a la página o aplicación de YouTube. En el caso de los estáticos, solo podremos verlos accediendo a YouTube desde nuestros ordenadores.

Anuncios Masthead de YouTube

Si bien es cierto que pueden tener una visibilidad muy alta, es un formato publicitario que utilizan empresas con un gran presupuesto. Ni qué decir tiene, que aparecer en la portada de YouTube se debe pagar al alza.

Y con esto podemos dar por finalizado el tour de la publicidad en redes sociales. Espero que os haya sido útil y que hayáis aprendido mucho ?

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Source: El economista<

Tarifa plana 2018: ¿cuánto se ahorra en cuota el nuevo autónomo?

¿Está en emprender como autónomo entre tus objetivos de 2018? Si es así cuentas con una de las medidas estrellas de la nueva ley de autónomos que entra en vigor el 1 de enero del año venidero. Hablamos de la ampliación de la tarifa plana de seis meses a un año, una novedad que tal y como se espera impulsarán las alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social.

¿Qué ahorro económico te supondrá la ampliación de la tarifa plana como nuevo autónomo?, ¿Cuánto te costará la cuota a la Seguridad Social durante los dos próximos años?

Ampliación de la tarifa plana: impulso económico para autónomos que empiezan

La medida que costará a las Arcas del Estado 600 millones de euros servirá de impulso a los emprendedores que empiezan. Precisamente estos, los que dan sus primeros pasos como autónomos optan por cotizar por la base mínima hasta la consolidación del negocio, momento en que los menos se plantean aumentar su base de cotización.

La realidad es que el 80% de los autónomos cotizan por la base mínima con independencia de su veteranía; una cotización que afecta en detrimento de la cuantía de las prestaciones del autónomo.  

La ampliación de la tarifa plana repercute tanto en quienes optan por cotización mínima como para cotizaciones superiores pero la bonificación en ambos casos es diferente. Veámoslo.

Aquellos nuevos autónomos que cursen alta en la Seguridad Social desde el próximo 1 de enero de 2018 y elijan cotizar por la base mínima se beneficiarán de una cuota reducida de 50 euros durante un año. Esta tarifa plana supondrá un ahorro de 2.700 euros durante el primer año. ¿De dónde obtenemos esta cifra? En el siguiente cuadro te lo explicamos.

tarifa plana base mínima

Ya durante el segundo año de actividad la bonificación durante el primer semestre consiste en un 50% de la cuota, dejándola en 137,92 euros, y un 30% en los últimos seis meses. Por tanto en el último tramo la cuota a pagar será de 192,79 euros.

Las bonificaciones practicadas en el segundo año dejarán un ahorro estimado en 1.320 euros.

¿Qué ocurre con los emprendedores que se decantan por una cotización superior?

Como comentábamos al inicio de este artículo cotizar por la base mínima no asegura unas prestaciones dignas por lo que hay algunos autónomos previsores que se decantan por cotizaciones superiores a la mínima.

En este caso, durante el primer año, no cuentan con cuota reducida de 50 euros sino con una bonificación del 80% sobre la base mínima; el 20% restante no aplica bonificación.

Pongamos un ejemplo similar al anterior en el que el emprendedor opte por una base de cotización de 2.000 euros. ¿Cuánto se ahorraría durante el primer mes?

tarifa plana base superior

Durante el segundo año el autónomo con una cotización superior a la mínima se beneficiará de las mismas bonificaciones en los mismos tramos que si cotizara por la base mínima: un 50% en los primeros seis meses y un 30% en los últimos seis meses. Las cuotas a pagar serán de 460,61 euros y 515,67 euros.

El ahorro total en el segundo año sobrepasará los 1.000 euros.

los tramos durante los siguientes seis meses en los que se aplicará una reducción del 50% de la cuota dejándola en 137 euros mensuales. El ahorro asciende a 822 euros durante seis meses.

En el último semestre la reducción sobre la cuota es del 30%. En esta etapa final el autónomo paga 192 euros, ahorrándose 83 euros por mes y un total de 498 euros.

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IRPF 2017: cómo ahorrar en tu factura fiscal

Para autónomos y pymes estas últimas semanas del año no son precisamente festivas y ligeras en carga de trabajo. Es época de marcar nuevos objetivos para 2018, de hacer cierres y balances y de planificar el calendario fiscal del próximo año, incluída tu Declaración del IRPF 2017.

En aras de lograr esta planificación aún te queda por hacer una tarea más en 2017: activar los mecanismos para reducir tu factura fiscal del ejercicio. Y es que aunque la campaña de la Renta 2017 aún no se ha abierto, en este caso, es conveniente adelantarse a tus obligaciones fiscales.

¿Qué estás a tiempo de hacer para pagar lo menos posible a Hacienda en concepto de IRPF?

Al margen de las deducciones que a continuación detallamos te recordamos que conviene contar con un buen servicio de asesoría online para autónomos que sepa poner el foco en opciones y movimientos que minimizan el coste que implicar ser trabajador por cuenta propia.

Planes de pensiones y planes de ahorro: las fórmula estrellas

Los llamados planes de pensiones y planes de pensiones asegurados (PPA) pueden suponer para el autónomo una doble tabla de salvación; no solo porque contribuyan a asegurarse una jubilación digna sino porque además en materia de tributación contribuyen de forma contundente a minimizar el impacto en tu IRPF.

El motivo del ahorro que supone un plan de pensión a la hora de pagar IRPF es que las aportaciones realizadas se pueden deducir hasta en un 30% de los ingresos cuando la cuantía no exceda 8.000 euros, el límite marcado. Pero cuidado no son planes de pensiones específicos para el autónomo sino que son de forma genérica para el contribuyente.

No debemos olvidarnos de los planes de ahorro 5 a la hora de planificar y ahorrar tu factura fiscal de 2018 en referencia al ejercicio de 2017. Los intereses de este tipo de plan de ahorro están exentos de tributación si las aportaciones realizadas no alcanzan los 5.000 euros al año y hayan pasado un mínimo de cinco desde la primera imposición.

¿Y si has comprado o vendido tu vivienda habitual?

Si adquiriste o, en su defecto, empezaste los primeros pagos de  tu residencia habitual antes del 1 de enero de 2013, mantienes tu derecho a desgravartela si has tenido deducciones en 2012 y los años inmediatamente anteriores. Dicha deducción tiene un límite de inversión de 9.040 euros y alcanza hasta el 15%.

Para más inri,  en caso de que haya pasado el umbral de los 65 años y hayas vendido tu casa habitual,  por regla general, estarás exento de tributar esa ganancia patrimonial. Pero esta exención está sujeta a unos condicionantes: que los importes sirvan para nutrir una renta vitalicia asegurada, con un límite de 240.000 euros y en un plazo de seis meses.

Invertir en una nueva empresa se “premia”

Si has puesto dinero en la creación de una startup podrás acogerte a la deducción del 20% de las cantidades invertidas en acciones o participaciones.

La ley de emprendedores introdujo esta interesante deducción para favorecer la inversión de particulares y business angels en proyectos de emprendedores

¿Eres nuevo autónomo o nueva empresa? ¡Atento a las deducciones!

Si has empezado a trabajar por cuenta propia bajo el método de estimación directa en tu Renta 2017 podrás deducirte el 20% de los rendimientos netos positivos, con un límite de 100.000 euros anuales y tras haberlo minorado con el resto de deducciones. En este artículo te lo contamos de forma detallada.

Y en caso de que te hayas embarcado o vayas a embarcar en la creación de una nueva empresa también has de contar con la deducción del 15% de las aportaciones a una cuenta Ahorro-Empresa (tipo de cuenta que da soporte y apoyo econóimico para la creación de una empresa), con un límite de 9.000 euros.

Deducción de los gastos afectos a la actividad

Como bien sabrás cualquier gasto vinculado a la actividad económica que desarrolles como autónomo es deducible en el IRPF. Hablamos por ejemplo de gastos de explotación y financieros, cuota de autónomos, servicios externos de abogacía..En este artículo tienes una relación completa y detallada de los gastos deducibles.

Pérdidas y ganancias. La fórmula de la compensación

En caso de que hayas liquidado una inversión en 2017 tendrás la posibilidad de equilibrar las ganancias obtenidas con las pérdidas en la Declaración venidera. En la campaña de la Renta 2016 las pérdidas en la base imponible se pudieron compensar un 25% con los rendimientos netos positivos

Las donaciones a ONG y afiliaciones a partidos también se deducen

El contribuyente que durante 2017 haya realizado aportaciones en este sentido verá recompensada su factura fiscal. La donaciones solidarias son deducibles en un 75% para los primeros 150 euros donados y un 30% para el resto del capital aportado mientras que las afiliaciones se deducen en un 20%.

Conserva también los justificantes de cuotas sindicales o de colegios profesionales de carácter obligatorio, siempre que no excedan los 500 euros, ya que también desgravan en  tu próxima declaración de la Renta.

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Source: El economista<

5 técnicas de fidelización para el pequeño comercio

La relación de tu empresa con cualquier cliente no termina cuando se realiza la compra o se consigue el objetivo, sino que ese es el momento en el que comienza otra etapa, igual o más importante que la anterior: llevar a cabo técnicas de fidelización de clientes.

En este artículo comentaremos una serie de técnicas de fidelización que podrás aplicar desde este mismo momento para hacer que tus clientes se conviertan en clientes habituales y cuando tengan una necesidad piensen primero en tu negocio para satisfacerla.

¿Qué es la fidelización de clientes?

La fidelización de clientes se refiere a las técnicas de Marketing que podrás utilizar para conseguir que tu nuevo cliente se convierta en recurrente y que sea leal a tu marca o a tu producto.

Aquí entra en juego el Marketing Relacional, el máximo exponente de la fidelización de nuestros clientes. El Marketing Relacional se refiere a todas las técnicas y estrategias que una empresa puede llevar a cabo para establecer relaciones mucho más cercanas con sus clientes.

Es decir, no solamente ceñirnos a la mera transacción, sino que nos preocupemos por conocer más a quien hay al otro lado, y más aún cuando proliferan las tiendas virtuales o eCommerce. Lo que debemos hacer es humanizar nuestro trato con el cliente al máximo.


? La fidelización supone que tus clientes sean leales a tu producto o marca #Marketing #Retail
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Técnicas de fidelización de clientes en el pequeño comercio

Antes de comenzar con las técnicas de fidelización de clientes, queremos hacer un pequeño apunte:

Cada sector es diferente, y no todas las técnicas van a funcionar igual en un negocio que en otro. Échale un vistazo a las que vamos a enumerar y evalúa cómo podrías adaptarlas a tu estrategia para tu pequeño comercio.

1️⃣ Ofrece recompensas por repetición de compra

Es una técnica de fidelización que premia la repetición en la compra, sobre todo en negocios que se dedican a hacer comida, como pizzerías, hamburgueserías, etc.

La técnica de ofrecer recompensas por repetición de compra, tal y como la usan estos negocios, supone dar un flyer al cliente en su primera compra, y en él iremos sellando cada vez que vuelva a comprar, y habiendo repetido su compra el número de veces que consideremos, se le obsequia, bien con un descuento en la próxima compra, bien con el producto gratuito.

Otra opción es el tener un programa de puntos. Es decir, cuantas más compras realice el cliente, más puntos acumula, y podrá canjearlos por descuentos, productos gratuitos, etc. Es una técnica muy común en gasolineras y tiendas de ropa.

Por tanto, una estrategia a tener en cuenta para todo comercio minorista.

2️⃣ Descuentos exclusivos o rebajas anticipadas para socios

Algo que puede resultar muy interesante para tus clientes es la opción de que se hagan una tarjeta de cliente, de forma gratuita o a un precio con la cual podrán acceder a varias ventajas que otros clientes no podrán aprovechar sin ella.

Haz ofertas puntuales que estén exclusivamente dirigidas a aquellos clientes que posean la tarjeta, por lo que podrás incentivar que dichas personas pasen por tu negocio y adquieran algún producto.

Otra opción es la de adelantar la época de rebajas solamente para ellos, por lo que a la hora de cobrar sus compras se le aplicará el descuento determinado al entregar su tarjeta de socio.

3️⃣ Presentación y venta exclusiva de productos

Si invitas a tus clientes más habituales a la presentación de un nuevo producto que vayas a lanzar puedes hacerles sentir únicos.

Además, aprovechando que les estás invitando para conocer el producto antes de que se lance al mercado, puedes ofrecer un descuento por compra anticipada.

4️⃣ Regalos sorpresa

Por regalos sorpresa nos referimos a aquellos detalles que tienes con tus clientes habituales en alguna época señalada.

Enviar una felicitación de cumpleaños personalizada, dar un regalo como tal o un descuento, etc. Lo que conseguimos de esta forma es crear un vínculo más estrecho con nuestro cliente.

5️⃣ Sentimiento de pertenencia a un grupo

No tener un negocio online no significa que no puedas aprovechar las redes sociales para darle un aire distinto.

Aprovéchalas para tratar de crear una comunidad en torno a tu negocio. Promueve que quienes visiten tu tienda lo compartan en sus redes sociales, suban fotos, comenten su experiencia, etc. Incluso puedes dar un incentivo a modo de descuento para una siguiente compra si lo hacen.

Además, interactúa con ellos, ya que será la mejor forma de que os conozcáis mutuamente.


Lo que debemos tener en cuenta para fidelizar clientes es la clásica Ley de Pareto, por la cual, adaptándola al comercio, el 20% de nuestros clientes será el que nos otorgue el 80% de nuestros ingresos.

Razón de más para pensar en llevar a cabo alguna de las técnicas de fidelización de clientes como las que hemos detallado.

Te dejamos con una infografía que resume las técnicas que hemos visto en el artículo:

infografía de las 5 tecnicas de fidelizacion de clientes

El post 5 técnicas de fidelización para el pequeño comercio es original de Infoautónomos.

Source: El economista<

11 comprobaciones clave para realizar tu cierre contable

Hoy, os hablamos de una de las fases mas importantes para PYMES dentro del proceso contable y con mayor protagonismo en estos coletazos del año: el cierre contable.

Qué es el cierre contable

El cierre contable se puede definir como el proceso a través del que determinaremos cuál ha sido el resultado del ejercicio. Es decir, si al final del año hemos obtenido pérdidas o beneficios. Este proceso de cierre contable es mucho más que pulsar un botón; implica revisar las cuentas de nuestra sociedad, para detectar errores y duplicidades, así como para realizar los ajustes necesarios de tal manera que nuestra contabilidad refleje la realidad de nuestro negocio. Por ello, si te causa más de un quebradero de cabeza, despreocúpate y deja tu cierre contable y fiscal en manos de una asesoría experta como Infoautónomos.

Pero qué hay que tener en cuenta a la hora de realizar el cierre. Manos a la obra.

Qué aspectos se deben revisar en el cierre contable de una sociedad

Arremanguémonos por tanto, y veamos en líneas generales cuáles son los aspectos básicos que debemos vigilar a la hora de realizar el cierre contable de nuestra PYME:

1.Cuentas de tesorería (Cuentas 570/572)

Son las cuentas contables en las que registramos los movimientos de las cuentas bancarias y de la caja de la sociedad y, por tanto, el reflejo de la liquidez de nuestra empresa.

En el caso de cuentas bancarias, lo primero que debemos hacer es revisar que los saldos que arroja nuestra contabilidad se corresponden con los saldos a 31 de diciembre que reflejan los extractos bancarios. Si existen diferencias, hay que contabilizarlas y aclararlas. En el caso de la caja, debemos hacer el arqueo de la misma y contabilizar todas las entradas y salidas de efectivo que se hayan producido.

Salvo descubiertos autorizados por nuestra entidad bancaria (que deberíamos reclasificar a cuentas del grupo 52 “deudas a corto plazo”), estas cuentas no deberán presentar saldos negativos.

2. Partidas pendientes de aplicación (cuenta 555)

Al contabilizar los movimientos bancarios, es posible que encontremos algunas entradas o salidas de dinero que no resulten fáciles de identificar. Estos movimientos suelen contabilizarse contra la cuenta 555. Sin embargo, ésta es una cuenta de paso que nos ayuda a imputar temporalmente hechos contables desconocidos, pero que finalmente, deberemos identificar y aplicar a la cuenta correspondiente. Por tanto, su saldo a final del ejercicio debería ser cero.

3. Cuentas de préstamo (en general, cuentas 170/520)

Los préstamos que deban abonarse en un plazo superior a un año, deben estar contabilizados en cuentas de préstamos a largo plazo (grupo 170). No obstante, año a año, debe reclasificarse al corto plazo (grupo 520) la parte que se satisfará a lo largo de cada ejercicio, para que nuestro balance muestre fielmente nuestros pasivos, en relación a la exigibilidad de nuestras deudas.

4. Revisión de inmovilizado y amortizaciones contables (cuentas del grupo 2 y cuentas del grupo 68)

El inmovilizado, en términos generales, está conformado por todos aquellos bienes que utilizamos de un modo duradero en el desarrollo de nuestra actividad. Dado que los utilizaremos durante varios años, su adquisición no se considera un gasto del ejercicio, sino una inversión, y su traslado a la cuenta de resultados se efectúa fraccionadamente, a través de la amortización. Cada año deberemos llevar a gasto (grupo 68) un porcentaje de cada elemento del inmovilizado, pero existen reglas contables para su aplicación y límites fiscales que conviene observar, a fin de evitar que parte de este gasto no sea deducible.

5. Cuentas de existencias (cuentas del grupo 3)

Las existencias son aquellos bienes que una empresa adquiere para vender o para incorporar en su cadena de producción. Si tu sociedad realiza esta clase de adquisiciones, debes tener en cuenta que no todo lo que compres en el ejercicio, debe considerarse gasto del mismo, sino únicamente el coste de aquellas existencias que has vendido o consumido en dicho intervalo de tiempo. Por tanto, deberás realizar un recuento físico de mercancías al inicio del año, y otro al final, para saber cuál es el importe de compras que puedes imputar en la cuenta de resultados.

6. Revisión de cuentas de deudores y acreedores (cuentas 43 y 40/41)

Es importante también revisar las cuentas de clientes, proveedores y acreedores, a fin de verificar que están contabilizadas todas las facturas y todos los cobros/pagos, para que los saldos que arrojen a final de año sean correctos y se correspondan con lo que debemos o nos deben.

7. Cuentas de gastos de personal (cuentas del grupo 64) y de remuneraciones pendientes de pago (cuenta 465)

Otra de las comprobaciones que deberemos realizar es la de las cuentas relacionadas con los gastos de personal: deberemos revisar que todas las nóminas y las cotizaciones a la Seguridad Social se hayan traspasado a las cuentas 640 y 642, respectivamente. Del mismo modo, deberemos revisar que los importes de dichas nóminas coincidan con lo declarado por rendimientos del trabajo en los modelos 111, de retenciones trimestrales, así como en el resumen anual (modelo 190).

Por su parte, conviene comprobar que la cuenta 465 de “remuneraciones pendientes de pago” tiene un saldo equivalente a lo que resta pendiente de abono a los trabajadores.

8. Cuentas con las administraciones públicas (cuentas grupo 47)

Por lo que respecta a las cuentas de IVA, deberemos haber realizado trimestralmente (cuentas 472 y 477) los correspondientes traspasos a las cuentas de Hacienda pública deudora (cuenta 470) o Hacienda pública acreedora (cuenta 475), dependiendo de si la declaración de IVA salió a compensar o a pagar. Adicionalmente, debemos verificar que las declaraciones presentadas cuadran con las cantidades contabilizadas.

Por su parte, las cuentas de Hacienda pública acreedora por retenciones (habitualmente, cuentas 4751), deberán cuadrar con las declaraciones de retenciones presentadas a lo largo del año (modelos 111, 115 y en su caso, modelos 123). El saldo final que deben arrojar estas cuentas a 31 de diciembre, es el de las retenciones correspondientes al cuarto trimestre, pendientes de presentar en enero del año siguiente. Conviene también revisar el importe de las cuentas 473, que debe coincidir con la suma de las retenciones que haya soportado la sociedad y los pagos fraccionados que hayan resultado a pagar a lo largo del año (modelos 202).

Por último, la cuentas 476 contendrá los pagos efectuados o pendientes de efectuar a la Seguridad Social. A 31 de diciembre, su saldo debe coincidir con el de los seguros sociales correspondientes al TC1 de diciembre.

9. Cuentas de socios, administradores y otras partes vinculadas (cuentas 551)

Entre los socios y la sociedad, así como entre empresas de un mismo grupo, suelen producirse entradas y salidas de dinero para aportar liquidez transitoria a una de las partes implicadas. Las cuentas del subgrupo 551 suelen utilizarse para el registro contable de tales movimientos. No obstante, su uso indiscriminado puede acarrear problemas con la Agencia Tributaria.

En este sentido, es importante distinguir si las transacciones han sido de pequeños importes, para necesidades puntuales y concretas y si piensan devolverse en el transcurso de pocos días o semanas. Si no es así, las cantidades cedidas deberían, o bien registrarse en cuentas de préstamo/crédito y plantearse el registro de intereses (liquidando retenciones sobre los mismos), o bien aportarse al patrimonio neto de la sociedad si no se van a devolver.

10. Periodificación de gastos (cuenta 480)

En ocasiones, a lo largo del año se efectúan pagos por adelantado de gastos que pueden corresponder a varios ejercicios. Es el caso, por ejemplo, de un seguro cuya vigencia comprende desde mitad de un año, a mitad del año siguiente. Estos pagos deben prorratearse, considerando gasto del ejercicio únicamente la parte que corresponde a cada ejercicio.

11. Patrimonio neto

Está compuesto, principalmente, por la suma de las cuentas de capital social, reservas, aportaciones de socios, pérdidas de ejercicios anteriores y cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio. El sumatorio de este conjunto de cuentas representa el valor real de la empresa y, por ello, es importante que el mismo este saneado y sea lo más elevado posible. En cualquier caso, nunca debería ser negativo, ni encontrarse por debajo del importe del capital social.

La revisión de nuestra contabilidad nos permitirá tener unas cuentas que reflejen fielmente la realidad de nuestro negocio. Partiendo de este resultado contable, iniciaremos la segunda parte de nuestro cierre, consistente en calcular el gasto por el Impuesto sobre Sociedades y proceder a la liquidación de dicho Impuesto ante la Administración; pero eso lo contaremos en el siguiente artículo.

El post 11 comprobaciones clave para realizar tu cierre contable es original de Infoautónomos.

Source: El economista<

¿Cuánto cuesta contratar un trabajador?

Una pregunta que nos plantean con frecuencia muchos autónomos y emprendedores es cuánto cuesta contratar un trabajador y como hemos observado un cierto desconocimiento al respecto hemos preparado este post para dejarlo muy clarito.

La contratación de un trabajador implica dos partidas de coste que analizamos a fondo en el post:

  1. Sueldo bruto del trabajador, que lógicamente influirá en su sueldo neto, que es el que se lleva a casa a final de mes.
  2. Seguridad Social a cargo de la empresa, que se determina por los coeficientes de cotización a la Seguridad Social.

Además debes contemplar el coste de una asesoría laboral que se ocupe de gestionar la preparación y presentación de contratos de trabajo, nóminas y cotizaciones sociales.

En nuestra sección de descargas tienes a tu disposición una calculadora de costes salariales en Excel que te ayudará a estimar el coste de los trabajadores que estés pensando en contratar, pudiendo jugar con distintos escenarios y variantes en función del sueldo bruto y demás condiciones de contratación.

Calcular el sueldo bruto del trabajador

Como empresario autónomo o sociedad no puedes pagar lo que te de la gana a un trabajador, debes ceñirte a lo que estipule el convenio colectivo de tu sector y Comunidad Autónoma o provincia para su categoría profesional. Para localizar el convenio aplicable en tu actividad te recomendamos este buscador.

Para que te hagas una idea de lo que puede suponer el coste bruto por una jornada completa de 40 horas semanales, aquí tienes unos ejemplos del coste bruto que se establece para algunos de los puestos de trabajo más demandados en los convenios colectivos actualmente en vigor:

  • Auxiliar administrativo: 13.706 euros anuales (Convenio de Oficinas y despachos de la Comunidad de Madrid)
  • Titulado superior: 17.223 euros anuales (Convenio de Oficinas y despachos de la Comunidad de Madrid)
  • Camarero: 1.364 euros mensuales (Convenio de Hostelería en Cataluña)
  • Dependiente de supermercado: 12.215 euros anuales (Convenio de supermercados en Cataluña)

Debes tener en cuenta que los convenios establecen el salario mínimo por categoría profesional pero en muchas ocasiones se pactan salarios superiores dependiendo de la cualificación y experiencia del trabajador y de la competencia que para ese puesto de trabajo haya en el mercado laboral.

El trabajo en fin de semana o las horas extras también están regulados en los convenios y suelen conllevar un incremento adicional del sueldo bruto. También debes comprobar en el convenio si es obligatorio pagar algún plus de transporte.

Calcular el sueldo neto del trabajador

Son muchos los trabajadores que no entienden de sueldos brutos y lo que quieren saber es el sueldo que les va a quedar limpio en la nómina a final de mes, es decir el sueldo neto. Así que a la hora de negociar con ellos debes tener muy presente la diferencia entre sueldo bruto y neto y asegurarte de que el trabajador está de acuerdo con tu propuesta.

Para ello debes tener en cuenta dos partidas que habrá que deducir de su sueldo bruto al preparar la nómina mensual:

  • Seguridad Social a cargo del trabajador: Se compone de tres partidas, la cotización por contingencias comunes (4,70% del sueldo bruto), la cotización por formación (0,10%) y la cotización por desempleo (1,55% en contratos indefinidos, 1,60% en contratos temporales), lo que en total supone un 6,35% del sueldo bruto.
  • Retención del IRPF: es un porcentaje variable que crece en función del volumen de ingresos que hay que deducir de la nómina y que el empresario debe ingresar en Hacienda trimestralmente como anticipo del IRPF a cuenta del trabajador. El porcentaje depende también de las circunstancias personales (hijos o mayores a cargo del trabajador) pero a modo orientativo puede oscilar entre el 4% para un sueldo bruto de 1.100 euros al 13% para 2.000 euros o el 20% o más para 3.000 euros brutos.

Por ejemplo, un trabajador con contrato indefinido y un sueldo bruto de 2.000 euros vería como en la nómina se le deduciría 127 euros de Seguridad Social a cargo del trabajador y 260 en concepto de retenciones, con lo que su sueldo neto sería de 1.613 euros.

Calcular el coste de Seguridad Social a cargo de la empresa

La Seguridad Social a cargo de la empresa es un coste adicional que el autónomo o la empresa que contrate trabajadores debe pagar a la Seguridad Social además del sueldo bruto que paga al trabajador. Se compone de cuatro partidas que debes tener muy presentes a la hora de contratar a un trabajador:

  • Cotización por contingencias comunes: 23,60% del sueldo bruto.
  • Cotización por desempleo: 5,50% en contratos indefinidos y 6,70% en contratos temporales.
  • Cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales: el porcentaje depende de las tablas de cotización para cada actividad, pudiendo oscilar entre el 1% para trabajadores de oficina, el 1,85% en el comercio al por menor, el 3,60% en actividades de limpieza y seguridad y el 6,70% en actividades de alta riesgo como la construcción o el transporte por carretera.
  • Cotización por formación profesional: 0,60%.
  • Cotización al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa): 0,20%

Por ejemplo, para un puesto de trabajo en oficina la Seguridad Social a cargo de la empresa supone un 30,9% del sueldo bruto para contratos indefinidos y un 32,1% para contratos eventuales. En contratos eventuales a tiempo parcial subiría un 1% adicional.

Ejemplos de coste real de un trabajador

Para concluir vamos a ver cuánto cuesta contratar un trabajador mediante dos ejemplos prácticos:

Auxiliar Administrativo: contratación de un auxiliar administrativo en Madrid a jornada completa con contrato indefinido:

  • Sueldo bruto según convenio: 13.706 euros anuales en 14 pagas, lo que equivale a 1.142 euros en 12 pagas. (Convenio de oficinas y despachos de la Comunidad de Madrid).
  • Seguridad social a cargo de la empresa: 352,87 euros, correspondientes al 30,9% del sueldo bruto.
  • Coste mensual total para la empresa: 1.494,87 euros /mes.
  • Sueldo neto a cobrar por el trabajador: 023,80 euros /mes, tras deducir un 6,35% de seguridad social a cargo del trabajador y un 4% de retenciones de IRPF.

Dependiente de comercio: contratación de un dependiente en una tienda de Barcelona a jornada completa con contrato eventual:

  • Sueldo bruto según convenio: 12.215 euros anuales en 14 pagas, lo que equivale a 1.017 euros en 12 pagas. (Convenio de supermercados y autoservicios de Cataluña).
  • Seguridad social a cargo de la empresa: 334,59 euros, correspondientes al 32,9% del sueldo bruto.
  • Coste mensual total para la empresa: 1.351,59 euros /mes.
  • Sueldo neto a cobrar por el trabajador: 911,74 euros /mes, tras deducir un 6,35% de seguridad social a cargo del trabajador y un 4% de retenciones de IRPF.

El post ¿Cuánto cuesta contratar un trabajador? es original de Infoautónomos.

Source: El economista<

Los informes financieros y otros recursos para analizar a tu competencia

Seguro que, como autónomo, en tu negocio prestas un gran servicio o que tus productos son difícilmente igualables, ya sea por precio o por calidad. Sin embargo, no te llevas todo el pedazo de la tarta y te preguntas el porqué. Te harás una idea de quiénes son tus principales competidores, e incluso te habrás cruzado con ellos alguna vez y os tenéis identificados. Pero, ¿los conoces a todos?, ¿sabes cómo funcionan y cómo están sus cuentas?

La información es poder y, cuanto más conozcas del entorno en el que te mueves, más posibilidades tendrás de tomar decisiones acertadas. Para ello, analizar la competencia siempre es una buena costumbre, ya que te permitirá optimizar al máximo la oferta, además de saber perfectamente con quién compites.

Antes de nada tienes que tener claro quién eres, qué ofreces y cuáles son tus ventajas diferenciales. Es imprescindible para poder identificar a aquellos otros negocios que puedan interponerse en tu camino hacia la conquista del mercado.

Después, es importante analizarles, para lo que te damos algunos consejos y herramientas, como estudiar sus informes financieros, un documento muy útil para conocer la situación real de quienes compiten contigo:

Haz una lista y solicita los informes financieros   

Hay una tarea previa de investigación para elaborar una lista con los principales competidores, aunque se puede simplificar si se solicita un informe del sector, que te situará en el contexto y ofrecerá los datos más relevantes de los principales competidores.

No todos los competidores tienen por qué ofrecer el mismo producto o servicio que tú. También los hay indirectos, es decir, aquellos cuya actividad suple la tuya. Por ejemplo, una empresa de pegamento de contacto es competidora indirecta de una empresa que vende tornillos.

Una vez elaborada una lista, debes solicitar el informe financiero para evaluar la situación real de cada uno de ellos. Con sus números en la mente, podemos tener una pista de en quién debemos fijarnos y de los errores de quién debemos aprender.

Este documento ofrece información comercial y financiera para poder tener una visión global, conocer todos sus ratios, sus cuentas de pérdidas y ganancias, estados financieros, balances e incluso la memoria de actividades.

Analiza a los principales competidores

Los informes financieros de la competencia nos pueden ayudar a identificar cuáles son los players que suponen un mayor riesgo para nosotros y cuáles hay que tomar como referencia.

Ahora bien, una vez identificados, ¿qué debes saber sobre tus competidores?

Producto/ Servicio

Estudia sus productos y su servicio. Desde cómo está empaquetado hasta cómo es el servicio de postventa. Descubre cada una de sus características y utiliza esta información para mejorar tu oferta y destacar con una verdadera ventaja diferencial. Una buena forma de conocer el producto del competidor es la técnica de mistery shopper, que consiste en convertirse en cliente con una intencionalidad de investigación comercial.

Promoción

Analiza su forma de promocionarse, los descuentos que ofrece, sus campañas de marketing, si invierte en SEO y SEM, si hace publicidad en redes sociales o si, por lo contrario, su secreto reside en la promoción de boca en boca.

Emplazamiento

¿Dónde se sitúa mi competencia? ¿Vende a través de Internet o tiene un local en un centro comercial? Quizá en un local a pie de calle. ¿Y cómo tiene decorado el local? ¿Tiene un gran cartel en el escaparate con las ofertas de la semana? Son cuestiones que habrá que analizar para comprender la clave del éxito -o del fracaso- de la competencia.

Toda información es muy útil para elaborar un completo informe, aunque el estudio de la competencia puede incluir más factores que no siempre se tienen en cuenta.

No te confíes

¿Ya has hecho un estudio de la situación del mercado? Bien, ahora tienes una fotografía, una instantánea. Pero las empresas son mucho más que eso, tienen una amplia trayectoria y están en constante cambio.

Igual que puedes utilizar esta información para virar algunas formas de actuar del negocio, los competidores también se están adaptando continuamente.

Es importante que estés continuamente alerta y pendiente de qué hacen los demás. Y no descartes volver a hacer un análisis de la competencia cada pocos años: el entorno cambia, y tú debes adaptarte a él.

El post Los informes financieros y otros recursos para analizar a tu competencia es original de Infoautónomos.

Source: El economista<

Modelo 347: Se mantiene el plazo de presentación

Modelo 347Hace unos meses, la Agencia Tributaria tenía la intención de modificar los plazos de presentación de algunos modelos. Entre aquellos modelos en los que se adelantaba su presentación destacaba el modelo 347 de Declaración anual de operaciones con terceras personas, modelo que debe presentarse si en el año precedente se ha superado el importe de…

Source: Ineaf<

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